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    PF Pago Referenciado 2013 y anteriores

    06 Mar 2014 14:17 #94192 por calpixqui
    Buena tarde

    Estimados(as) foristas, esta semana me llego un trabajo de regularizar fiscalmente a una PF honorarios que esta dada de alta desde enero del 2012. El anterior Conta que le “llevaba su contabilidad” solo presento “Declaraciones informativas de razones por las cuales no se realiza el pago” de los ejercicios 2012 y 2013 (únicamente por los meses de enero a junio), peeeero al checar toda su documentación de esos años resulta que si tiene movimientos en algunos meses, yo ya hice la talacha de registrar sus ingresos, inversiones y deducciones, asi como de realizar el cálculo de sus impuestos a pagar o a favor según cada concepto de ambos ejercicios.
    Yo se que las personas físicas deben utilizar el servicio de pago referenciado para declaraciones complementarias y extemporáneas de los ejercicios 2013 y anteriores.
    El dia de hoy fui al SAT para que me explicaran como va ser el llenado del pago referenciado en este caso y según me explicaron que NO se anotan los ingresos NI las deducciones del periodo, que únicamente se anota el Impuesto a cargo o a favor sin activar el cálculo automático, hasta aquí no hay problema, pero las duda persisten, voy a tratar de explicarme y ejemplificar:

    En marzo, abril y mayo solo hubo deducciones, por lo tanto resultan saldos a favor de IVA; el IVA en junio me sale IVA a cargo, pero como tengo IVA a favor de periodos anteriores al acreditarlos me sale "0" en IVA a pagar,



    En el pago referenciado ¿solo anoto esos saldos a favor? ¿anoto "0" en IVA a cargo en los meses que resulta IVA a pagar? el problema que la aplicación electrónica NO me deja capturar el IVA a favor sino capturo el monto de las deducciones al 16 %;


    en el mes de junio existe ISR a cargo pero por las retenciones que se hacen sale “0” a pagar de ISR ¿solo anoto “0” en ISR a cargo?




    ¿en el pago referenciado solo anoto “0” en ISR a cargo?


    y lo mismo pasa en el IETU, me sale IETU a cargo pero con el acreditamiento d el ISR retenido me sale "0" a pagar,




    ¿igual anoto "0" en IETU a cargo?

    ya me hice pelotas :S , o bien, CAPTURO TODOS LOS DATOS TAL Y CUAL COMO SE TRATARA DE UNA PERSONA FISICA QUE SIEMPRE HA PRESENTADO TODOS SUS PAGOS PROVISIONALES Y DEFINITIVOS MEDIANTE EL PAGO REFERENCIADO. ¿EL SAT PODRA APLICAR ALGUNA SANCION POR HACERLO ASI?
    El meollo del asunto, tambien, es que en enero y febrero de 2014 le resulta IVA e ISR a pagar y quiero utilizar esos saldos a favor de IVA para acreditar y compensar.

    Notas:

    A partir de noviembre (del 2012), las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado manifestaron ingresos totales superiores a 250,000 pesos , deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes a octubre de 2012 y subsecuentes. Desde septiembre , las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado hayan manifestado ingresos totales o superiores a un millón de pesos , deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para presentar los pagos provisionales y definitiv os correspondientes a agosto 2012 y subsecuentes.
    Opcionalmente, todas las personas físicas que no se encuentren obligadas, pueden optar por presentar sus declaraciones con este servicio . Se entenderá que se ejerce la opción señalada a partir del primer p ago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos. Quienes ejerzan la opción indicada no podrán variarla durante el ejercicio fiscal.
    Fundamentos: Artículos 20, séptimo párrafo; 31 , primer párrafo del CFF , 53 del RCFF y regla I I .2. 8.5.1. de la RMF 2013 publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2012.

    La PF de la cual les comento NO rebasa de esos ingresos mencionados anteriormente.

    Saludos y gracias de antemano.
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    06 Mar 2014 14:19 #94193 por calpixqui
    ups, no se cargo lo del IVA, va de nuez:


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    06 Mar 2014 14:23 #94194 por calpixqui
    igual no puse el ejemplo del ISR, va de nuevo:


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    07 Mar 2014 15:13 #94221 por BLANCA101
    BUENAS TARDES

    Mira, yo realicé una regularización de 2009 a 2011 y llegué a concluir que esos ejercicios se declaran de manera similar a lo que era el NEPE, o a como se presentaban los pagos en el portal bancario. Cuando era IVA A FAVOR se declaraba en el banco, en pago referenciado hay que presentar esas cifras igual, capturando los datos de modo que te refleje las cifras a cargo o a favor correctas. Puedes capturar las cifras de ingresos y gastos solo para revisar si tus cálculos por fuera son correctos y después borrarlos y solo dejar lo que hay a cargo o a favor.
    El siguiente usuario dijo gracias: calpixqui, nerenero

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