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    pregunta de req de declaracion trimestral

    31 Mar 2014 17:38 #94657 por jamendoz
    hola

    ahora si me gano la ignorancia y me sorprendio, no habia visto pagos trimestrales de hace tiempo en personas morales y zas me llega esto:



    El Servicio de Administración Tributaria le informa que está por vencer la presentación de las declaraciones que a continuación se detallan:

    Periodo(s)
    Obligación(es)
    Fecha de Vencimiento
    Enero-Marzo 2014

    Pago provisional trimestral de ISR de personas morales por inicio de segundo ejercicio. Régimen General.

    17 de Abril del 2014



    Por lo anterior, la Administración Central de Promoción y Vigilancia del Cumplimiento, adscrita a la Administración General de Servicios al Contribuyente, le invita a cumplir debidamente con sus obligaciones y presentar de manera oportuna las declaraciones que se señalan, para evitarse molestias innecesarias.

    Si requiere de orientación fiscal o mayor información:


    igual esta bien, y es correcto, pero nunca me habia pasado, ahora a investigar el fundamento , pero mientras tanto termino declaraciones anuales

    saludos y gracias anticipadas

    saludos


    cp jose antonio mendoza p

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    31 Mar 2014 21:28 #94663 por atperez
    Saludos, tocayo.

    En las PM que tienen poco de haber empezado es, al iniciar el segundo ejercicio fiscal, aún no han deterninado coeficiente de utilidad, y este se conoce con la declaración anual. Por ello, el primer pago provisional del segundo ejercicio se realiza de manera trimestral (LISR 14 fr I tercer párrafo).
    El siguiente usuario dijo gracias: jamendoz

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    01 Abr 2014 09:28 #94664 por sosgtorreon
    Mi estimado Atperez se me adelanto en el comentario, que decir, es esa y no otra la interpretación que la autoridad ha venido dando para hablar en empresas que entran a su segundo año de operaciones, pero es un punto de vista que la gran mayoría de contadores no comparte... ya que la declaración puede ser presentada en un momento dado (por conveniencia de la contribuyente) desde el mes de enero, por lo que el posible coeficiente de utilidad se conocería desde enero, sin importar el plazo máximo contemplado en ley.

    A mi entender no existe pues un fundamento para requerir o recordar de un pago trimestral, ni siquiera en los casos comentados. La obligación del pago es mensual, que la posibilidad real de o entero real de un pago provisional se presente en la generalidad hasta el mes de marzo es otra cosa...

    Saludos.



    sos al sos .
    El siguiente usuario dijo gracias: jamendoz, Don ppbustos

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    01 Abr 2014 13:04 #94678 por jamendoz
    muchisimas gracias gil y toño (un gusto saludarte)

    saludos


    cp jose antonio mendoza p

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