Radio Aportaciones:  
--:--  | : 16hs-20hs -
Toggle Bar

    INFORMATIVA DIOT

    15 May 2014 14:31 #95662 por Alejandro0
    Buenas tardes a todos lo colaboradores de este gran foro.

    Mi duda es la siguiente si compro libros fiscales los hago deducibles pero en que renglón de la diot tengo que relacionar el importe en iva exentos o iva al 0%

    agradezco de antemano sus comentarios

    Alejandro.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    15 May 2014 14:46 #95663 por COMERCIO EXTERIOR
    Respuesta de COMERCIO EXTERIOR sobre el tema INFORMATIVA DIOT
    Y que te dice la LIVA al respecto???

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    15 May 2014 15:49 #95667 por Oscarin946
    Respuesta de Oscarin946 sobre el tema INFORMATIVA DIOT
    revisa Artículo 9 L.I.V.A.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    15 May 2014 16:04 #95668 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema INFORMATIVA DIOT

    Alejandro0 escribió: Buenas tardes a todos lo colaboradores de este gran foro.

    Mi duda es la siguiente si compro libros fiscales los hago deducibles pero en que renglón de la diot tengo que relacionar el importe en iva exentos o iva al 0%

    agradezco de antemano sus comentarios

    Alejandro.



    ¿ Son exentos los libros ?
    El siguiente usuario dijo gracias: Oscarin946

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    15 May 2014 16:16 #95671 por Don ppbustos
    Respuesta de Don ppbustos sobre el tema INFORMATIVA DIOT
    Tasa 0% art 2 a de liva.

    Lo que no te mata te fortalece.
    El siguiente usuario dijo gracias: Oscarin946, Alejandro0

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    15 May 2014 16:34 #95674 por Oscarin946
    Respuesta de Oscarin946 sobre el tema INFORMATIVA DIOT
    error enorme de mi parte... :S 2A

    perdón revise el 9
    III.- Libros, periódicos y revistas, así como el derecho para usar o explotar una obra, que realice su autor.

    cuando el 2A menciona
    i).- Libros, periódicos y revistas, que editen los propios contribuyentes. Para los efectos de esta Ley, se considera libro toda publicación, unitaria, no periódica, impresa en cualquier soporte, cuya edición se haga en un volumen o en varios volúmenes. Dentro del concepto de libros, no quedan comprendidas aquellas publicaciones periódicas amparadas bajo el mismo título o denominación y con diferente contenido entre una publicación y otra.

    Igualmente se considera que forman parte de los libros, los materiales complementarios que se acompañen a ellos, cuando no sean susceptibles de comercializarse separadamente. Se entiende que no tienen la característica de complementarios cuando los materiales pueden comercializarse independientemente del libro.

    Gracias :D
    El siguiente usuario dijo gracias: Alejandro0

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Tiempo de carga de la página: 0.232 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 600 invitados y ningún miembro en línea