Estoy atorada en la interpretación de lo siguiente: me podrían ayudar por favor:
Art 46 tercer párrafo :En ningún caso se considerarán deudas las originadas por partidas no deducibles, en los términos de
las fracciones I, VIII y IX del artículo 28 de esta Ley, así como el monto de las deudas que excedan el límite a que se refiere el primer párrafo de la fracción XXVII del mismo artículo.
Art 28 Fracc 1 : Los pagos por impuesto sobre la renta a cargo del propio contribuyente o de terceros ni los de contribuciones en la parte subsidiada o que originalmente correspondan a terceros, conforme a las disposiciones relativas, excepto tratándose de aportaciones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social a cargo de los patrones, incluidas las previstas en la Ley del
Seguro de Desempleo.
En este caso, estoy en la anual 2013, es un isr retenido por asimilado a salarios que no se pagó, lo que entiendo es que no tomare como deuda esa contribución por pagar... hay algun error en mi interpretación?