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C.P.Juan escribió: Hola buenas tardes colegas, tengo una duda, un cliente tiene ingresos por salarios y adicionalmente va a prestar sus servicios de manera profesional (honorarios), la empresa a la que el le trabajara acordó junto con el en asimilarle estos otros ingresos por salarios de acuerdo al 94 F. V LISR,.
Ante el RFC únicamente tiene activa la obligación de salarios, y la duda que tengo es si el debe presentar aviso de actualzacion al RFC dando de alta los ingresos por honorarios tributando en el régimen de actividad empresarial y profesional o no debe darse de alta en este régimen y únicamente quedarse como asalariado.
Desde mi punto de vista, se debe dar aumento de obligaciones por los servicios profesionales y tributar en el régimen de actividad empresarial y profesional, y estos asimilarlos a salarios.
Solo espero que me confirmen lo que considero debe hacerse y si estoy mal me indiquen.
Buenas tardes.
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C.P.Juan escribió: .....
Ante el RFC únicamente tiene activa la obligación de salarios, y la duda que tengo es si el debe presentar aviso de actualzacion al RFC dando de alta los ingresos por honorarios tributando en el régimen de actividad empresarial y profesional o no debe darse de alta en este régimen y únicamente quedarse como asalariado .....
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