Buenas tardes.-
Tengo un caso que les agradecería su opinión en cuanto a como proceder...
Hemos pagado por 10 años un seguro hombre clave, pagos que se estuvieron deduciendo para ISR, ahorita el plazo se acabó sin que se haya utilizado, nos acaban de reembolsar el importe pagado más intereses... mi pregunta es: debo acumularlo a mis ingresos, si es así, de que manera ?.... le saco el isr como se lo saco a mis ingresos? con el factor de utlidad ?... les agradezco de verdad sus notas y experiencias....gracias de antemano
Que tal imagen1006; yo hace tiempo que le perdí la huella al concepto de deducción fiscal por la adquisición de un seguro de hombre clave, pero creo que hay que tomar en cuenta varios aspectos, como las particularidades que pudieran estar en las cláusulas pactadas en la compra de ese seguro, y las posibles reformas al mismo contrato o las reformas que hubo a lo largo de los diez años que mencionas a la ley del ISR, la que estuvo vigente hasta el año pasado, ya que en la actual ley del ISR no está contemplado expresamente ese concepto como una deducción autorizada, y en este momento no sé hasta cuando fue posible la deducción de ese concepto, por lo que, aparte de lo que preguntas, también toma en cuenta que durante 2013 y hasta no sé que años anteriores a 2013 ya no era una deducción autorizada.
Pero regresando a tu pregunta, y a expensas de que nos des mas detalles el artículo 16 de la LISR actualmente vigente señala que "Las personas morales residentes en el país, incluida la asociación en participación, acumularán la totalidad de los ingresos en efectivo, en bienes, en servicio, en crédito o de cualquier otro tipo, que obtengan en el ejercicio, inclusive los provenientes de sus establecimientos en el extranjero....", por lo que los ingresos que mencionas obtuvo la empresa, estarian gravados para ISR como cualquier otro ingreso de esté obteniendo, incluyendo los intereses que también dices que obtuvo