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    Y LOS INVENTARIOS APÁ ?

    08 Ago 2014 10:18 #97520 por LOBOZAC
    RCFF

    Artículo 33.- Para los efectos del artículo 28, fracciones I y II del Código, se estará a lo siguiente:

    ...

    XV. Los registros de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y terminados, en los que se llevará el control sobre los mismos, que permitan identificar cada unidad, tipo de mercancía o producto en proceso y fecha de adquisición o enajenación según se trate, así como el aumento o la disminución en dichos inventarios y las existencias al inicio y al final de cada mes y al cierre del ejercicio fiscal, precisando su fecha de entrega o recepción, así como si se trata de una devolución, donación o destrucción, cuando se den estos supuestos.
    Para efectos del párrafo anterior, en el control de inventarios deberá identificarse el método de valuación utilizado y la fecha a partir de la cual se usa, ya sea que se trate del método de primeras entradas primeras salidas, últimas entradas primeras salidas, costo identificado, costo promedio o detallista según corresponda;

    RECORDEMOS QUE A PARTIR DE 2014, EL CONTROL DE ÉSTOS ES MES A MES

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    08 Ago 2014 10:53 #97536 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Y LOS INVENTARIOS APÁ ?
    Y es que observemos también esto:

    CFF

    Artículo 55.- Las autoridades fiscales podrán determinar presuntivamente la utilidad fiscal de los contribuyentes, o el remanente distribuible de las personas que tributan conforme al Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sus ingresos y el valor de los actos, actividades o activos, por los que deban pagar contribuciones, cuando:

    ...

    III. Se dé alguna de las siguientes irregularidades:

    a) ... b) ...

    c) Omisión o alteración en el registro de existencias que deban figurar en los inventarios , o registren dichas existencias a precios distintos de los de costo, siempre que en ambos casos, el importe exceda del 3% del costo de los inventarios.

    ENTONCES, TEN CUIDADO CON OMITIR O MANIOBRAR LOS REGISTROS A QUE ESTAS OBLIGADO, YA QUE EL SAT PUEDE EJERCER SUS FACULTADES DE PRESUNCIÓN DE UTILIDAD FISCAL

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    08 Ago 2014 11:02 #97543 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Y LOS INVENTARIOS APÁ ?
    Y es que correlacionemos,

    CFF

    Artículo 28. Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, estarán a lo siguiente:

    I. La contabilidad, para efectos fiscales, se integra por los libros, sistemas y registros contables, papeles de trabajo, estados de cuenta, cuentas especiales, libros y registros sociales, control de inventarios y método de valuación ...

    Por tal motivo;

    Artículo 59. Para la comprobación de los ingresos, del valor de los actos, actividades o activos por los que se deban pagar contribuciones, así como de la actualización de las hipótesis para la aplicación de las tasas establecidas en las disposiciones fiscales, las autoridades fiscales presumirán, salvo prueba en contrario:

    ...

    VIII. Que los inventarios de materias primas, productos semiterminados y terminados, los activos fijos, gastos y cargos diferidos que obren en poder del contribuyente, así como los terrenos donde desarrolle su actividad son de su propiedad . Los bienes a que se refiere este párrafo se valuarán a sus precios de mercado y en su defecto al de avalúo.

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    08 Ago 2014 11:20 #97552 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Y LOS INVENTARIOS APÁ ?
    Este tema de los inventarios y el costo de ventas, en revisiones esta siendo lo menos motivo de pleitos... Una buena cantidad de empresas no cuentan con los deseables controles de inventarios, no por falta de ganas, si no de recursos humanos y materiales. Me ha tocado por lo menos una revisión en el que la autoridad de plano se puso en la postura de cerrar su revisión con una presuntiva, por no confiar en la contabilidad, por no encontrar en la misma los registros contables confiables, ya que no existía evidencia del manejo de inventarios en contabilidad. Reitero, el manejo de inventarios y costo de ventas demanda personal calificado para el contribuyente y el personal calificado cuesta... ya sin mencionar el tema de un posible software.

    Saludos.



    sos al sos .

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    08 Ago 2014 14:55 #97563 por Gealram
    Respuesta de Gealram sobre el tema Y LOS INVENTARIOS APÁ ?
    Excelente Lobo...

    Pero de que los hay los hay.
    Tengo una Pyme que jijos nada mas le vale sorbete todo eso.

    Así que mejor ya con con esto de la contabilidad electrónica, mejor me curo en salud con un escrito liberandome de responsabilidad.

    Porque nada mas no entiende...

    El muy jijo...

    ¡SE FELIZ!!, Libera tu corazón de odios, Tu mente de preocupaciones, Vive sencillamente, Da mas espera menos y Ten esperanza siempre.

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    08 Ago 2014 19:23 #97575 por JULIO ALCOCER
    Respuesta de JULIO ALCOCER sobre el tema Y LOS INVENTARIOS APÁ ?
    Sólo para añadir un poco al tema, del mismo CFF:

    Artículo 83. Son infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad, siempre que sean descubiertas en el ejercicio de las facultades de comprobación o de las facultades previstas en el artículo 22 de este Código, las siguientes:

    I. No llevar contabilidad.

    II. No llevar algún libro o registro especial a que obliguen las leyes fiscales; no cumplir con las obligaciones sobre valuación de inventarios o no llevar el procedimiento de control de los mismos, que establezcan las disposiciones fiscales.

    Artículo 84.- A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad a que se refiere el Artículo 83, se impondrán las siguientes sanciones:

    I. De $1,200.00 a $11,960.00, a la comprendida en la fracción I.

    II. De $260.00 a $5,980.00, a las establecidas en las fracciones II y III.


    Saludos.

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