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    duda presentacion declaracion rif

    10 Sep 2014 11:59 #98241 por ernye
    hay una regla que dice: cuando no se presente en el plazo establecido la declaracion 2 veses en forma consecutiva o 5 durante 6 años debera tributar en el regimen general...
    la duda que me nace es:

    si se presento y dio cantidad a pagar ya sea IVA ò Salarios y esta no se pago hasta después del plazo. aplicaría la regla.

    poe sus aportaciones gracias.

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    10 Sep 2014 13:09 #98243 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema duda presentacion declaracion rif
    ernye, NO ES REGLA, ES LEY


    LISR Artículo 112. Los contribuyentes sujetos al régimen previsto en esta Sección, tendrán las obligaciones siguientes

    ...

    VIII. Pagar el impuesto sobre la renta en los términos de esta Sección, siempre que, además de cumplir con los requisitos establecidos en ésta, presenten en forma bimestral ante el Servicio de Administración Tributaria, en la declaración a que hace referencia el párrafo quinto del artículo 111 de esta Ley, los datos de los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones, así como la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior.

    Cuando no se presente en el plazo establecido la declaración a que se refiere el párrafo anterior dos veces en forma consecutiva o en cinco ocasiones durante los 6 años que establece el artículo 111 de esta Ley, el contribuyente dejará de tributar en los términos de esta Sección y deberá tributar en los términos del régimen general que regula el Título IV de esta Ley, según corresponda, a partir del mes siguiente a aquél en que debió presentar la información.


    TU MENCIONAS; " ...si se presento y dio cantidad a pagar ya sea IVA ò Salarios y esta no se pago hasta después del plazo. aplicaría la regla (LEY). ..."

    TU CREES QUE APLIQUE ?

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    10 Sep 2014 16:20 - 10 Sep 2014 16:25 #98254 por ernye
    Respuesta de ernye sobre el tema duda presentacion declaracion rif
    Gracias por la Aclaración; en mi punto de vista NO ya que se cumplio en tiempo y forma. el impuesto a cargo solo seria un credito...pero quisiera otros puntos de vista... almenos por ahora, si es lo contrario me tranquiliza el que este es te proyecto (siempre y cuando se haga oficial)

    CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014

    Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:

    PRIMERO y SEGUNDO ……………………….

    TERCERO. Se reforma el Artículo Cuarto Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el DOF el 4 de julio de 2014, para quedar de la siguiente manera:

    “Cuarto. Para los efectos del artículo Quinto Transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014, publicada en el DOF el 13 de marzo de 2014, la presentación de la declaración que corresponda al primer bimestre de 2014, se llevará a cabo durante el mes de julio del mismo año, mientras que la presentación de las declaraciones que correspondan al segundo y tercer bimestre de 2014, opcionalmente podrán presentarse en julio, siendo obligatoria su presentación en el mes de agosto de 2014.

    Las declaraciones señaladas en el párrafo anterior, deberán corresponder exclusivamente a cada uno de los bimestres de 2014, sin abarcar ningún otro bimestre.

    Los contribuyentes que presenten las declaraciones bimestrales correspondientes al ejercicio fiscal 2014, a más tardar en enero de 2015, no se ubicarán en el supuesto establecido en el artículo 112, fracción VIII, segundo párrafo de la Ley del ISR ”.

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    10 Sep 2014 16:30 #98256 por neto_2025
    Respuesta de neto_2025 sobre el tema duda presentacion declaracion rif
    Ya lo mencionaste,

    Los contribuyentes que presenten las declaraciones bimestrales correspondientes al ejercicio fiscal 2014, a más tardar en enero de 2015, no se ubicarán en el supuesto establecido en el artículo 112, fracción VIII, segundo párrafo de la Ley del ISR”.

    No pasa siempre y cuando....

    saludos

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    10 Sep 2014 16:37 #98257 por MISTICO
    Respuesta de MISTICO sobre el tema duda presentacion declaracion rif
    LUCHANDO DE PAREJAS VS EL ENEMIGO COMUN…………..ernye te sugiero una lectura al tema:

    www.aportacionesfiscales.com/index.php/f...-pared?start=6#98255

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