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    DIOT EN REGIMEN DE INCORPORACION

    01 Oct 2014 12:19 #98504 por PGOMEZ
    Hola buenas tardes amigos del foro. Fijense que me surgió una duda respecto de la NO presentacion de la DIOT por parte de las personas fisicas del regimen de incorporacion fiscal, toda vez que según el Artículo 112, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y
    regla I.2.9.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 se considera cumplida la obligacion cuando utilizan la apliacion de mis cuentas.

    En todo caso si un contribuyente factura ingresos con un proveedor autorizado, es decir no hace uso para esta funcion de la aplicacion de mis cuentas. Sin embargo esos folios de ingresos aparecen el la opcion de CANCELAR, CONSULTAR Y RECUPERAR de mis cuentas.
    ¿Sigue teniendo validez la NO presentacion de la DIOT bajo el supuesto antes descrito?
    ¿Que funciones abarca el "uso de mis cuentas"?

    Espero me puedan apoyar con sus comentarios.
    Gracias.

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    03 Oct 2014 13:10 #98563 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema DIOT EN REGIMEN DE INCORPORACION
    Sugiero utilizar el buscador interno del foro, hay un mensaje publicado con el mismo tema y opiniones varias que te van a resultar de utilidad. En caso de no localizarlo favor de hacerlo saber para apoyarte con el link al mismo.

    Saludos.



    sos al sos .

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    04 Oct 2014 01:57 #98579 por asolerv
    Respuesta de asolerv sobre el tema No es DIOT Es otra relación
    Mi estimado PGOMEZ:

    Una corrección, la regla a la que te refieres no es la DIOT, si no una relación de proveedores, la cual no la presentas si usas "Mis cuentas".

    Ahora bien, entremos al mundo de la ILEGAL DIOT.

    El artículo 5-E de la Ley del IVA establece que si mandas esa relación, la del 112 de ISR no mandas la Ilegal DIOT, entonces pues, como dicen los abogados, si no mandas la relación entonces te obligas a la Ilegal DIOT.

    Recuerda que hablamos de 2 leyes diferentes y que aunque coinciden en algunos puntos, se debe tratar a cada una con las reglas de las mismas cuando no se cumple con los requisitos que se establecen en las leyes. Upss espero no haber cantinfleado.

    LCP Antonio Soler Vizcarra
    Consultor Empresarial
    Mazatlán, Sinaloa, México

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