BUENOS DIAS COMPAÑEROS:
TENGO LA SIGUIENTE DUDA, LOS GASTOS DE ESCRITURACION O LOS GASTOS RELATIVOS A IMPUESTOS Y DERECHOS QUE SE PAGAN POR LA ENAJENACION DE INMUEBLES (LLAMENSE, ISAI, IMPTO. PREDIAL, AVISOS, CLG, AVALUO, ETC.) DEBEN SEÑALARSE EL MONTO TOTAL DE ESTOS EN UN APARTADO CFDI? Y POR CONSIGUIENTE FORMARIAN PARTE DEL CFDI COMO TAL O SOLAMENTE COMO UNA REFERENCIA ADICIONAL? GRACIAS DE ANTEMANO.