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Gabriela18 escribió: solo para preguntarles que opinan acerca del art 112 de la LISR que menciona entre otras obligaciones de las PF AEyP c....
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Contabilidad electrónica
A partir del 1 de julio de 2014 están obligados a llevar contabilidad electrónica y enviar esta información al SAT las personas morales, incluidas las personas morales con fines no lucrativos, y las personas físicas con actividad empresarial.
Sólo quedan exentas de la obligación los siguientes: los sindicatos obreros y los organismos que los agrupen, así como la federación, las entidades federativas, los municipios y las instituciones que por ley estén obligadas a entregar al gobierno federal el importe íntegro de su remante de operación, y las personas físicas con actividad empresarial cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan excedido de dos millones de pesos y utilicen Mis cuentas, o se encuentren en el Régimen de Incorporación Fiscal.
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antiago escribió: porque para hacer su pago "mensual" no lo puede hacer en la plataforma de "mis cuentas"
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