EN EL DICTAMEN DE LA LEY DE INGRESOS DEL PROXIMO AÑO VIENE UN ARTICULO QUE ME LLAMA LA ATENCION; PODRIAN
OPINAR AL RESPECTO:
Ley de Ingresos 2015
Vigésima Cuarta
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Asimismo, esta Comisión Dictaminadora considera necesario incorporar en el artículo 22, la previsión de que el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general: (i) establezca un esquema ágil para que las devoluciones del impuesto al valor agregado que soliciten los contribuyentes de los sectores de exportación, primario, proyectos de inversión en activo fijo, y de producción y distribución de alimentos y medicinas, se efectúen en un máximo de 20 días hábiles, y (ii) emita el calendario para que a partir del año 2015, se realice el ingreso de la información contable a través de su página de Internet.
CONSIDERO QUE ES LA "REAFIRMACION" DE QUE EN EL MES DE ENERO P:M: Y FEBRERO P:F: ENVIAREMOS LA INFORMACION DE LA CONTABILIDAD AL SAT: