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www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/softwa...tema_multi_ieps.aspx
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antiago escribió: es la declaracion informativa llamada "Multi-Ieps "
www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/softwa...tema_multi_ieps.aspx
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ATENCIÓN O RESPUESTA:
EN ATENCIÓN A SU ACLARACIÓN SE LE INFORMA QUE DE ACUERDO A LA INFORMACIÓN QUE PROPORCIONA, NO SE ENCUENTRA
OBLIGADO A INFORMAR AL SAT EN FORMA TRIMESTRAL LA RELACIÓN DE LAS PERSONAS A LAS QUE EN EL TRIMESTRE
ANTERIOR, LE HUBIERE TRASLADADO EL IEPS EN FORMA EXPRESA Y POR SEPARADO, YA QUE EN SUS COMPROBANTES
FISCALES NO TRASLADA EL IEPS, SIENDO ESTAS CON EL PÚBLICO EN GENERAL.
POR OTRA PARTE SE LE INFORMA QUE NO ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR LA RELACIÓN DE SUS PROVEEDORES QUE LE
TRASLADARON EL IEPS ASÍ COMO TAMPOCO DEBE RELACIONAR LOS PRODUCTOS QUE VENDE CON IEPS.
LO ANTERIOR DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 19 FRACCIÓN II DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE
PRODUCCIÓN Y SERVICIOS, QUE A LA LETRA DICE:
LOS COMERCIANTES QUE EN EL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR A AQUÉL AL QUE CORRESPONDA, HUBIERAN EFECTUADO EL
90% DEL IMPORTE DE SUS ENAJENACIONES CON EL PÚBLICO EN GENERAL, EN EL COMPROBANTE FISCAL QUE EXPIDAN NO
TRASLADARÁN EXPRESAMENTE Y POR SEPARADO EL IMPUESTO ESTABLECIDO EN ESTA LEY, SALVO QUE EL ADQUIRENTE SEA
CONTRIBUYENTE DE ESTE IMPUESTO POR EL BIEN O SERVICIO DE QUE SE TRATE Y SOLICITE LA EXPEDICIÓN DEL
COMPROBANTE FISCAL CON EL IMPUESTO TRASLADADO EXPRESAMENTE Y POR SEPARADO. EN TODOS LOS CASOS, SE
DEBERÁN OFRECER LOS BIENES GRAVADOS POR ESTA LEY, INCLUYENDO EL IMPUESTO EN EL PRECIO.
LOS CONTRIBUYENTES QUE ENAJENEN LOS BIENES A QUE SE REFIEREN LOS INCISOS A), F), G) Y J) DE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 2O. DE ESTA LEY, QUE TRASLADEN EN FORMA EXPRESA Y POR SEPARADO EL IMPUESTO ESTABLECIDO EN LA MISMA,
DEBERÁN PROPORCIONAR AL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA EN FORMA TRIMESTRAL, EN LOS MESES DE ABRIL,
JULIO, OCTUBRE Y ENERO, DEL AÑO QUE CORRESPONDA, LA RELACIÓN DE LAS PERSONAS A LAS QUE EN EL TRIMESTRE
ANTERIOR AL QUE SE DECLARA LES HUBIERE TRASLADADO EL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS EN
FORMA EXPRESA Y POR SEPARADO EN LOS TÉRMINOS DE ESTA FRACCIÓN, ASÍ COMO EL MONTO DEL IMPUESTO TRASLADADO
EN DICHAS OPERACIONES Y LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN QUE MEDIANTE REGLAS DE CARÁCTER GENERAL SEÑALE EL
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.
FUNDAMENTO LEGAL:
ARTÍCULO 19 FRACCIÓN II DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS.
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antiago escribió: te recomendaria que hagas una consulta directa al SAT a manera de "Aclaracion" desde el portal de cada contribuyente, pidiendo la opinion sobre este tema... porque digo esto..?
bueno hay que tomar en cuenta si cuando "enajenas tus productos" son todos al "publico en general" o si son "Facturados" si son facturados, solamente debes trasladar en forma expresa y por separado el "Ieps" pero SI el cliente lo solicita ( ya que el cliente tiene que ser contribuyente de ese impuesto) de otra manera aunque te pidieran una factura del producto que lleva "Ieps" tu la haces pero NO desglosas el Ieps...
en consulta directa con el SAT referente a esta declaracion por parte de un contribuyente el SAT respondio con lo siguiente:
ATENCIÓN O RESPUESTA:
EN ATENCIÓN A SU ACLARACIÓN SE LE INFORMA QUE DE ACUERDO A LA INFORMACIÓN QUE PROPORCIONA, NO SE ENCUENTRA
OBLIGADO A INFORMAR AL SAT EN FORMA TRIMESTRAL LA RELACIÓN DE LAS PERSONAS A LAS QUE EN EL TRIMESTRE
ANTERIOR, LE HUBIERE TRASLADADO EL IEPS EN FORMA EXPRESA Y POR SEPARADO, YA QUE EN SUS COMPROBANTES
FISCALES NO TRASLADA EL IEPS, SIENDO ESTAS CON EL PÚBLICO EN GENERAL.
POR OTRA PARTE SE LE INFORMA QUE NO ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR LA RELACIÓN DE SUS PROVEEDORES QUE LE
TRASLADARON EL IEPS ASÍ COMO TAMPOCO DEBE RELACIONAR LOS PRODUCTOS QUE VENDE CON IEPS.
LO ANTERIOR DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 19 FRACCIÓN II DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE
PRODUCCIÓN Y SERVICIOS, QUE A LA LETRA DICE:
LOS COMERCIANTES QUE EN EL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR A AQUÉL AL QUE CORRESPONDA, HUBIERAN EFECTUADO EL
90% DEL IMPORTE DE SUS ENAJENACIONES CON EL PÚBLICO EN GENERAL, EN EL COMPROBANTE FISCAL QUE EXPIDAN NO
TRASLADARÁN EXPRESAMENTE Y POR SEPARADO EL IMPUESTO ESTABLECIDO EN ESTA LEY, SALVO QUE EL ADQUIRENTE SEA
CONTRIBUYENTE DE ESTE IMPUESTO POR EL BIEN O SERVICIO DE QUE SE TRATE Y SOLICITE LA EXPEDICIÓN DEL
COMPROBANTE FISCAL CON EL IMPUESTO TRASLADADO EXPRESAMENTE Y POR SEPARADO. EN TODOS LOS CASOS, SE
DEBERÁN OFRECER LOS BIENES GRAVADOS POR ESTA LEY, INCLUYENDO EL IMPUESTO EN EL PRECIO.
LOS CONTRIBUYENTES QUE ENAJENEN LOS BIENES A QUE SE REFIEREN LOS INCISOS A), F), G) Y J) DE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 2O. DE ESTA LEY, QUE TRASLADEN EN FORMA EXPRESA Y POR SEPARADO EL IMPUESTO ESTABLECIDO EN LA MISMA,
DEBERÁN PROPORCIONAR AL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA EN FORMA TRIMESTRAL, EN LOS MESES DE ABRIL,
JULIO, OCTUBRE Y ENERO, DEL AÑO QUE CORRESPONDA, LA RELACIÓN DE LAS PERSONAS A LAS QUE EN EL TRIMESTRE
ANTERIOR AL QUE SE DECLARA LES HUBIERE TRASLADADO EL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS EN
FORMA EXPRESA Y POR SEPARADO EN LOS TÉRMINOS DE ESTA FRACCIÓN, ASÍ COMO EL MONTO DEL IMPUESTO TRASLADADO
EN DICHAS OPERACIONES Y LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN QUE MEDIANTE REGLAS DE CARÁCTER GENERAL SEÑALE EL
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.
FUNDAMENTO LEGAL:
ARTÍCULO 19 FRACCIÓN II DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS.
tendrias que tomar en cuenta tambien si tienes facturas con Ieps desglosado y facturas sin Ieps desglosado, ya que ahi no se que aplicaria, pero el SAT si sabe que aplica, asi que tendras que consultarlo personalmente via mi portal en cada caso y en cada contribyente..
tambien tomar en cuenta, que a ti ya te llego un requerimiento ( me imagino ) del SAT pidiendote esa declaracion.... ahora como muy opinion personal ( sin sustento fiscal je je je ) a pesar de haber recibido de este contribuyente la carta donde me dicen que No debo presentar dicha declaracion... aclaro... como esta en mis obligaciones fiscales que la tengo que presentar, bueno la presento cada tres meses pero sin informacion, esto para evitarme que el SAT me mande requerirla, porque ahi esta como una obligacion del contribuyente hacerla, ya que si consulto las obligaciones fiscales del contribuente todavia esta vigente el presentarla..
saludos y espero haber sido de ayuda.... ( no te olvides, tienes que consultar cada caso en especifico ... )
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