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    SERVICIOS DE PSICOLOGIA

    31 Dic 2014 12:27 #99961 por Gabriela18
    Buenas tardes, tengo una gran duda la cual les agradeceria enormemente me puedan apoyar con sus opiniones, ya que lo he consultado en otros medios y hay diversas opinion, la duda es la siguiente:

    Un Psicologo debe de cobrar el IVA? de acuerdo al art. 15 de LIVA menciona que no se pagara el impuesto en los siguientes servicios:

    frac XIV: Los servicios profesionales de medicina, cuando su prestación requiera título de médico
    conforme a las leyes, siempre que sean prestados por personas físicas, ya sea individualmente o
    por conducto de sociedades civiles.
    frac XV: Los servicios profesionales de medicina, hospitalarios, de radiología, de laboratorios y estudios
    clínicos, que presten los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal o del
    Distrito Federal, o de los gobiernos estatales o municipales.



    Ustedes que opinan?'''


    Muchas gracias por sus comentarios y que tengan un muy Feliz Año!!!!1

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    31 Dic 2014 12:52 #99963 por a_cano
    Respuesta de a_cano sobre el tema SERVICIOS DE PSICOLOGIA
    Buena tarde:

    Para efectos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, los pagos por concepto de honorarios efectuados a Psicólogos, están gravados por este impuesto, de conformidad con el artículo 1º , fracción II, de la Ley en comento, en virtud de que NO se está cumpliendo plenamente con los requisitos establecidos tanto, en la fracción XIV, del artículo 15, de la LIVA, como en el artículo 41 del Reglamento de LIVA, es decir, aún cuando es un servicio profesional otorgado por una persona física, NO corresponde al área médica, para lo cual se requiere de título profesional de médico ( los psicólogos no están clasificados como médicos), por lo tanto, dichos servicios causan IVA.

    Espero sea de utilidad

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    31 Dic 2014 14:02 #99967 por a_cano
    Respuesta de a_cano sobre el tema SERVICIOS DE PSICOLOGIA
    Buena tarde:

    Complemento...

    En relación con el tema, me permito transcribir criterio normativo del SAT:

    142/2013/IVA Servicios profesionales de medicina exentos.
    El artículo 15, fracción XIV de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, dispone que no se pagará el impuesto por la prestación de servicios profesionales de medicina, cuando se requiera título de médico conforme a las leyes de la materia, siempre que sean prestados por personas físicas, ya sea individualmente o por conducto de sociedades civiles.

    El artículo 41 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado señala que los servicios profesionales de medicina por los que no se está obligado al pago del impuesto, son los que requieran título de médico, médico veterinario o cirujano dentista.

    Por ello, la prestación de servicios profesionales distintos de los señalados en el párrafo anterior, quedan sujetos al pago del impuesto al valor agregado.

    Saludos

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    31 Dic 2014 14:52 #99969 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema SERVICIOS DE PSICOLOGIA
    Gabriela18

    Adjunto un link

    es.wikipedia.org/wiki/Psic%C3%B3logo


    Saludos y Feliz año.

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    02 Ene 2015 10:07 #99977 por Gabriela18
    Respuesta de Gabriela18 sobre el tema SERVICIOS DE PSICOLOGIA
    Muchas gracias!!!!


    Que tengan un muy buen comienzo de año!!!

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