Compañeros del foro, expongo ante ustedes el siguiente detalle que me encontré en una empresa.
Resulta que la persona moral al hacer el cierre de ejercicio "se les paso" restar la PTU entregada en ese ejercicio con lo cual le resulto una utilidad fiscal bastante baja y por ende un coeficiente bajo. Ojo la empresa traía un coeficiente alto y pagando mucho de impuesto.
Según yo y mi experiencia (seis años no es mucho) esto fue incorrecto por lo tanto la empresa deberá presentar una declaración complementaria en donde manifieste esta situación y hacer la corrección de coeficiente y pagos provisionales del nuevo ejercicio con las actualizaciones correspondientes.
Ahora bien y mi duda; si alguien me pudiera orientar en donde contempla la ley este razonamiento mio se lo agradecería.
"Para crear algo, debes perder algo del mismo valor" en resumen "Intercambio equivalente"