Desde luego que hay que meter ese trámite de corrección complementario, lo ideal es ir acompañando al contribuyente y explicar la situación al SAT para ver la posibilidad de hacer el trámite con fecha de inicio, en caso de no poder, hacer el trámite con enero de 2015, para iniciar el año correctamente.
LCP Antonio Soler Vizcarra
Consultor Empresarial
Mazatlán, Sinaloa, México
Efectivamente, deben corregir , llevando ademas la documentación comprobatoria, máxime, que su actividad preponderante y su objeto sea " SERVICIOS DE ASISTENCIA Y REHABILITACIÓN ", entonces del titulo II, debe pasar al titulo III en ISR.