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....En desacuerdo( este ultimo me refiero a la presentación del DIMM en todos los casos...FERYADI escribió:
CPHugoocejo escribió: Sugiero analizar lo siguiente:
Noveno transitorio F-X LISR ( antes de ver el 86 )
Regla 2.8.4.3 ( RM 2015 )
Preguntas al Panel
1-. La regla citada habla de una sola operación?...
2-. La regla citada habla de operaciones mensuales, por operación o como?
3-. En que casos no presento el DIMM?
4-. Los 50,000 distinguen con impuesto o sin impuesto, quizás valor de actos?
Saludos
te voy a contestar conforme a los lineamientos del sat:
-Para determinar el límite de $50,000.00 y, por consiguiente, la obligación de presentar la declaración informativa de clientes y proveedores, se considerará el importe de la operación más el impuesto al valor agregado u otros impuestos......De acuerdo.
-El monto límite de $50,000.00 no es por operación, se debe considerar el saldo acumulado del ejercicio por cada cliente o por cada proveedor........De acuerdo.
Tratándose de personas morales, deberán presentar, en todos los casos, la información a través de la DIMM.
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asolerv escribió: Mis estimados colegas y amigos:
Si tengo dudas sobre pagar impuestos a quien m enhos debo recurrir es al SAT. Imaginemos ¿SAT, debo pagar impuestos?..... No hyay necesidad de comentar la respuesta.
2 apreciaciones en caso de la DIMM.
1. La Ley es clara, nos dice que las operaciones no rebasen los 50 mil pesos, así de sencillo, si fueran acumulados entonces sería como la regla de la ilegal DIOT, donde nos dice que sean por proveedor, es decir acumulando todas las operaciones del mismo proveedor. Regla 4.5.2 para 2015.
2. Si estamos hablando de una obligación establecida en ISR, entonces el IVA no debe incluirse, eberán ser consideradas 50 mas IVA, así como la regla de los pagos arriba de 2 mil, deberán ser 2 mil mas IVA.
Pero en fin, el punto 2 será muy cuestionable, recordemos que son impuestos distintos con bases distintas. O ¿calculamos la base del ISR con los ingresos con IVA incluido? Por que no me salgan como las reglas zombie de la contabilidad electrónica, que se aplican los criterios a unas reglas y a otras no.
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