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    CUMPLIMIENTO DE OGLIGACIONES COMO RIF O GENERAL

    19 Feb 2015 00:06 #100626 por Betin104
    Buenas noches colegas

    La ultima de la noche...

    Un contribuyente que en su opinion negativa, tiene obligaciones como RIF el 1er bimestre del 2014 y el resto del ejercicio tiene las obligaciones mensuales como actividad empresarial y profesional, la cual es su actividad actual, la duda es, como se presentaran las obligciones, por que entiendo que no se pueden variar en el mismo ejercicio, o es Chana o es Juana.

    Se tienen que presentar las obligaciones por la ctividad actual ?? ..y la obligacion bimestral como??


    Gracias de antemano por su ayuda

    Saludos.

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    19 Feb 2015 09:44 #100628 por LUISCERVERA
    Buendía:

    Entiendo que el contribuyente abandonó el RIF por lo tanto deberá cumplir con las obligaciones del régimen de actividades empresariales y profesionales por todos los meses y la anual respectiva.

    Respecto al bimestre pendiente podría realizar una aclaración a través del portal

    Saludos!!

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    19 Feb 2015 11:44 #100632 por Betin104
    Buen dia.

    Gracias por tu ayuda Luis.

    Cabe aclarar que este contribuyente en mencion, realizo el cambio de actividades, el 22 de enero del 2014.

    Aun asi se cumplirian las obligaciones como actividades empresariales y profesioneles ???.


    Gracias, saludos.

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    19 Feb 2015 19:41 - 19 Feb 2015 19:44 #100646 por LOBOZAC
    " ...por que entiendo que no se pueden variar en el mismo ejercicio ...", Y SI NOS REGALAS EL FUNDAMENTO TU ASEVERACIÓN, PODRÍAMOS COMPLEMENTAR CON GUSTO

    Porque el 32 D, es negativo ?

    Saludos

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    20 Feb 2015 20:11 #100665 por Betin104
    Buenas tardes.



    Lobozac, no encontre ningun fundamento, sobre la negativa de no poder presentar obligaciones de dos actividades diferentes en el mismo ejercicio, Mi entendimiento es incorrrecto!.

    En el infosat me informan que el pago referenciado tiene la opcion de presentar las dos actividades. Se puede presentar las obigacion Bimesral de RIF, posteriormente las obligacones mensuales como actividad empresarial y profesional.

    Sera lo mas correcto?.


    EL 32 D, es negativo por que se omitieron las olbigaciones del ejercicio 2014


    Gracias, saludos.

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    21 Feb 2015 12:00 #100667 por Edheras
    ...Pues sí es Chana y es Juana, en ese orden, es decir, debes presentar RIF por el primer bimestre y Régimen general conforme al aviso de cambio...y conforme al Art. 112 antepenúltimo párrafo de la LISR es que se debe cambiar el cumplimiento de tributación o pago del impuesto.

    Saludos

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