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Adela2802 escribió: BUENAS TARDES
EN EL CALCULO DE UN FINIQUITO X SEPARACIÓN VOLUNTARIA (TRABAJO 15.5 AÑOS)
EL CALCULO ES: PARTES PROPORCIONALES DE LEY Y LA PRIMA DE ANTIGUEDAD.
MI DUDA ES SOBRE LA PRIMA DE ANTIGUEDAD
LFT
Artículo 485. La cantidad que se tome como base para el pago de las indemnizaciones no podrá ser inferior al salario mínimo.
Artículo 486. Para determinar las indemnizaciones a que se refiere este título, si el salario que percibe el trabajador excede del doble del salario mínimo del área geográfica de aplicación a que corresponda el lugar de prestación del trabajo, se considerará esa cantidad como salario máximo. Si el trabajo se presta en lugares de diferentes áreas geográficas de aplicación, el salario máximo será el doble del promedio de los salarios mínimos respectivos.
EL S.M.G. DE LA ZONA ES $66.45
EL SAL DIARIO DEL TRAB. ES $242.86
SIGNIFICA QUE EL SALARIO CON EL QUE VOY A CALCULAR LA PRIMA ES $242.86 (REBASA EL DOBLE DEL SMG)? O
DEBO TOMAR EL SMG DE LA ZONA X 2?
AGRADECERA LA AYUDA BRINDADA
GRACIAS
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