Radio Aportaciones:  
--:--  | : 8hs-12hs -
Toggle Bar

    ACTUALIZACION DE PERDIDA FISCAL

    03 Abr 2015 11:07 #101599 por christopher manuel
    BUENAS TARDES

    MI PREGUNTA ES SOBRE LA SEGUNDA ACTUALIZACIÓN DE LAS PERDIDAS FISCALES.

    La parte de la pérdida fiscal de ejercicios anteriores ya actualizada pendiente de aplicar contra utilidades fiscales se actualizará multiplicándola por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes en el que se actualizó por última vez y hasta el último mes de la primera mitad del ejercicio en el que se aplicará.

    CUANDO PROCEDE LA SEGUNDA ACTUALIZACIÓN ?

    Hasta que tenga utilidad para aplicarla o sea que si tengo puras perdidas no se aplica la segunda actualización.

    SI se aplica las perdidas en pagos provisionales en el mes de julio se aplica la segunda actualización.


    Espero sus comentarios, agradeciendo de antemano su tiempo

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    06 Abr 2015 16:44 #101627 por Alcala
    Respuesta de Alcala sobre el tema ACTUALIZACION DE PERDIDA FISCAL
    Hola Crosthoper, con respecto a la segunda actualización en el caso de que no haya utilidades no se debe hacer la segunda actualización, ya que el párrafo que citaste menciona claramente que se actualizara en el ejercicio que se aplicara.


    La parte de la pérdida fiscal de ejercicios anteriores ya actualizada pendiente de aplicar contra utilidades fiscales se actualizará multiplicándola por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes en el que se actualizó por última vez y hasta el último mes de la primera mitad del ejercicio en el que se aplicará.

    Si por ejemplo tuvieras perdida de 2013, haras la primer actualización conforme al 4o. párrafo parte A del 57 LISR, y si por ejemplo en 2014 volvieras a tener perdida, entonces la perdida de 2013 no la aplicaras en 2014 por no haber utilidad en este ejercicio, y por lo tanto no podras hacer una segunda actualización. Continuando, si en 2015 tuvieses utilidad del ejercicio, entonces ya podras aplicar la perdida de 2013 y podras hacer la segunda actualización que seria de Jun. 2015/Dic. 2013.

    Saludos

    Es mejor dar, que recibir.
    El siguiente usuario dijo gracias: christopher manuel

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    07 Abr 2015 19:38 #101688 por christopher manuel
    Gracias por la aclaración mi estimado Alcala


    Saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Tiempo de carga de la página: 0.361 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 332 invitados y ningún miembro en línea