Buenos días genru.
Ya ví tu tema, y vaya que complican los "Gobiernos" el tema fiscal. Alguna vez, creo que aquí mismo compartíamos opiniones sobre el tema, y caíamos en cuenta que los gobiernos no retienen impuestos porque al parecer existe algo que no he logrado encontrar, ¿no los obliga a retener, o en su caso manejan conceptos exentos para no caer en causación de ISR?
En el caso que expongo, si existe información precargada en la página del SAT, correspondiente al pago que realiza el gobierno del Estado.
Pero, si actúa como patrón (lo cual es mi duda principal), supongo que debió el "patrón" calcular su impuesto anual ¿o porqué no sería el caso si están obligados a efectuar retenciones, en este caso de ISR por sueldos, salarios y conceptos asimilados...o no?
LISR
Artículo 86. Las personas morales a que se refiere este Título (no contribuyentes), además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:
La Federación, las entidades federativas, los municipios y las instituciones que porLey estén obligadas a entregar al Gobierno Federal el importe íntegro de su remanente de operación, sólo tendrán las obligaciones de retener y enterar el impuesto y exigir comprobantes fiscales cuando hagan pagos a terceros y estén obligados a ellos en términos de ley.
Los partidos y asociaciones políticas, legalmente reconocidos, la Federación, las entidades federativas, los municipios y las instituciones que por Ley estén obligadas a entregar al Gobierno Federal el importe íntegro de su remanente de operación y los organismos descentralizados que no tributen conforme al Título II de esta Ley están obligados a expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por concepto de salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal subordinado, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII, y 804 primer párrafo fracciones II y IV de la Ley Federal del Trabajo.
RISR
Artículo 154. En las declaraciones a que se refiere la fracción V del artículo 118 de la Ley, deben incluirse los datos del personal que no está obligado a pagar el impuesto.
La Secretaría podrá establecer lineamientos a efecto de que el Gobierno Federal, sus organismos descentralizados y las empresas de participación estatal mayoritaria, cumplan con las obligaciones de entero y declaración de las retenciones que efectúen conforme al Título IV de la Ley.
¿Qué personal no está obligado a pagar el impuesto?
Creo que lo mejor, en este caso, es acercarse al departamento correspondiente del gobierno para disipar las dudas.