Buen día colegas.
Acudo a su sabiduría y experiencia para el siguiente caso, dado que recuerdo algo similar hace años y el resultado fue una multa. Es un aspecto de procedimiento del que no encontré información suficiente.
A un contribuyente le resultó muy alto el ISR a cargo del 2014, por lo que compensamos saldos a favor de IETU de los ejercicios 2012 y 2013 para bajarle un poco el desembolso.
Preparando la información para presentar el aviso de compensación, detecté que en la celda de los pagos provisionales del IETU del año 2013, en la anual, se capturó una cantidad menor.
Siguiendo la lógica, primero debo corregir la información del IETU de la anual del 2013.
El segundo paso es presentar declaración complementaria anual del 2014, en la que fundamentalmente cambia la información del saldo a favor del IETU del 2013 sin actualizar, puesto que está recién declarado.
Y finalmente ya presentaría el trámite de compensación, con carácter de Normal, con todos sus requisitos.
Pero me queda la duda, si por no haber presentado el aviso de compensación de la anual normal del 2014, hay riesgo de multa.
Agradezco cualquier comentario o relato sobre algún caso similar.
Es correcto el procedimiento, y aunado a ello agregarías el pago de la normal en el cual compensaste y un párrafo de aclaración el por que una nueva complementaria, claro adjuntando las pruebas documentales.
Saludos
El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...