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    CONTINUIDAD A FACTURAS PUBLICO EN GENERAL

    03 Jul 2015 15:15 - 03 Jul 2015 17:07 #103032 por TIGREDEALICA
    Resulta que continuando con mi comentario de otra ocasión en una empresa que llevo no habían generado la factura global, o factura publico en general la misma se dedica al giro restaurantero esta en el régimen general y tiene un sistema de emisión de facturas el cual es ademas proveedor autorizado como proveedor de comprobantes fiscales; Del año 2013 a junio de 2015 no emitieron facturas publico en general, las mismas que se generan con los ticket se emiten al comensal al hacerles la comanda, ya empece a facturar publico en general a partir de julio de 2015 pero me queda una duda con el periodo anterior y retomando algunos puntos:
    A) No facturo sus comandas desde 2013 a junio de 2015 y no cuenta con otro tipo de facturas mas que las electrónicas ya que siempre las ha emitido así.
    b).- Cuando genero una factura en la misma se imprime el periodo y los ticket que se están facturando por lo que si yo facturara lo anterior me marcaría de que periodo seria y que ticketss son, con la diferencia que la emisión del comprobante saldrá en la fecha de emisión del mismo ( la fecha en que los emita)
    C).- He pensado hacerlos de manera mensual en hacienda me dijeron que global pero les comente el como y sugeri mensual por lo que induje a esa respuesta al asesor y como comente anteriormente no quede muy convencido con la respuesta.
    Preguntas
    ¿Esta correcto como lo quiero hacer el trabajo (una factura mensual amparando los tickets)?
    ¿no tendrá repercusiones?
    y cabe aclarar que las cantidades se declararon y están correctas solo no esta emitida la factura publico en general solo emitieron a sus clientes las mismas.
    Reciban un cordial saludo y gracias por sus aportaciones fiscales

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    05 Jul 2015 17:49 #103046 por asolerv
    Mi estimado tigrillo de alica:

    Las respuestas a tus cuestionamientos son un tanto cuanto medio complicadas y medio fáciles.

    El SAT te puede multar por expedir los comprobantes en forma distinta a lo establecido por el CFFo no expedirlos, así que la respuesta es de lo mas sencilla: Expide los comprobantes y listo.

    Lo complicado, el CFF hace alusión a la factura diaria de las ventas, aquí es donde tienes 2 opciones, o te las avientas diarias, una por cada dia, por toooooooooodo ese periodo o las haces mensuales ¿Cual sería en ambos casos la consecuencia? Que el SAT te quiera infraccionar por ese aspecto, peeeeero, esa infracción no está tipificada, ya que el CFF en su artículo 83, fracciones VII y IX no te penaliza por expedir tarde los comprobvantes, si no por no expedirlos y poner mal el RFC del cliente, respectivamente.

    Así pues tu caso se resuelve fácilmente, expide los comprovantes y listo.

    Si, mi estimado tigre, ya se que me vas a decir de la fecha, pero entonces en el conceptole pones corresponda a las ventas del día o del periodo y listo, cumples con la expedición de los comprobantes y el RFC genérico para público en general.

    Y por cierto, alguien que nos ayude ¿Que periodo debe cumplir la factura? Que te parece si en lugar de hacerlo por mes lo haces por año. Eso no es infracción.

    LCP Antonio Soler Vizcarra
    Consultor Empresarial
    Mazatlán, Sinaloa, México

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