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DAGOBERTO escribió: BUEN DIA, señores Licenciados;
Solo para preguntar si una carta ante notario que se expide a favor de otra persona para hacer la venta
de una propiedad ( un lote urbano ), en un tiempo despues para elaborar la escritura de compra venta,
Prescribe dicha carta al fallecer el otorgante????
o dicho de otra manera aun fallecida la persona que otorga el poder, ¿ si se puede realizar la compra venta ante notario y
elaborar una escritura de propiedad???
Les agradezco sus comentarios...
DAGOBERTO
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sosgtorreon escribió: Cuando me ha tocado intervenir en operaciones similares, no es con una carta poder, si no con un poder amplio de dominio.
Ignoro, pero considero, que sus efectos son vigente mientras poder dante y el que acepta el poder están vivos.
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CPHugoocejo escribió:
DAGOBERTO escribió: BUEN DIA, señores Licenciados;
Solo para preguntar si una carta ante notario que se expide a favor de otra persona para hacer la venta
de una propiedad ( un lote urbano ), en un tiempo despues para elaborar la escritura de compra venta,
Prescribe dicha carta al fallecer el otorgante????
o dicho de otra manera aun fallecida la persona que otorga el poder, ¿ si se puede realizar la compra venta ante notario y
elaborar una escritura de propiedad???
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DAGOBERTO
Del latín " manu dare ", que se traduce en encargo a otra persona.
Por ello la lectura recomendada es el numeral 2554 CCF
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