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carlos_t escribió: Buena tarde, tengo la siguiente situación.
La persona moral importa X productos de China.
Un cliente Persona moral paga un anticipo por cierta cantidad de productos, el cual físicmente aún no existe, en lo que se hace el trámite de importación y el pago respectivo del pedimento se tarda entre 2 y 3 meses.
Cómo debo facturar ese pedimento si la mercancía aún no se tiene? Y cómo se considera el IVA en el anticipo, ya que aún no existe IVA en la compra debido a que no hay pedimento aun?
Anteriormente la empresa hace lo siguiente:
Con un número de serie A se factura el anticipo o anticipos, y ya hasta que se tiene físicamente el producto y se paga el pedimento, se envía al cliente y se factura en su totalidad con otra serie distinta B, y se emite una Nota de crédito por los anticipos realizados.
En este caso, debido a que sale demasiado IVA a pagar por los anticipos, se tomó la decisión de no considerar el IVA de los anticipos, sino hasta que ya se emite la factura de la mercacía para poder acreditar el IVA pagado en la importación.
Alguien podría decirme como es lo correcto, en cuanto a la facturación y al IVA?
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muchas gracias a todos por sus respuestas, ya tengo un panorama más claro.
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