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    Deducción inmediata

    16 Feb 2016 10:32 #104863 por BR1
    Deducción inmediata Publicado por BR1
    Qué tal, cómo están.

    Estoy analizando la posibilidad de aplicar deducción inmediata para una construcción (plaza comercial). En este caso, es de una PM la cual inició la construcción con fecha de Febrero/2016, y terminará de construirlo entre noviembre o diciembre 2016. Dicha PM obtuvo ingresos menores a los 100MDP y tributa en el tít II.

    Debido al importe que significará la aplicación de la deducción inmediata, además del efecto que tendrá (se planea aplicarse, ya que parte del terreno donde construirá se venderá, y con la deducción inmediata se mata el efecto del ISR generado por enajenación de terrenos) estoy consultando diversos artículos en internet, con el fin de corroborar que si procede la deducción inmediata para este caso, y en su caso programar la venta del terreno hasta que sea posible aplicar la deducción inmediata.

    La duda me salta, al ver el F18 de la declaración anual 2015, ya que en el rubro de INVERSIONES, dice lo siguiente:

    Señale si la deducción inmediata de inversiones aplica como
    - Infraestructura de transporte
    - Infraestructura de energía

    ¿Porqué solo especifica estas dos opciones y no otras? Es decir, solo aparecen las opciones del inciso ii) y iii) del artículo que da oportunidad de aplicar el estímulo de deducción inmediata. Así, podría interpretarse que en el caso que expongo no es posible aplicar el estímulo.

    Agradezco de antemano sus comentarios.

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    16 Feb 2016 12:50 #104867 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Deducción inmediata
    Va mi aporte sobre el tema de la deducción inmediata....


    elfiscalnet.com/deduccion-inmediata-para-2016/
    El siguiente usuario dijo gracias: BR1

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    16 Feb 2016 12:58 #104868 por BR1
    Respuesta de BR1 sobre el tema Deducción inmediata
    Buenas tardes.

    Leí el artículo, y coincido con lo comentado. Pero, mi inquietud radica en el F18 de la anual, ya que este parece indicar que solo contempla a los que se ubican en los supuestos ii) y iii), ya que no aparece lo referente a los contribuyentes que se ubiquen en el supuesto i)

    No se si estoy siendo claro con el planteamiento de mi duda.

    Gracias por compartir!

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    25 Feb 2016 13:22 #104987 por BR1
    Respuesta de BR1 sobre el tema Deducción inmediata
    Buenos dias.

    Leí de nuevo el fundamento legal, y me convenzo que es correcto interpretar que en el caso que expongo si es posible aplicar la deducción inmediata.

    Lo anterior lo concluyo, ya que en en el Artículo Tercero exponen lo siguiente:

    Los por cientos que se podrán aplicar para deducir las inversiones a que se refiere esta fracción, para los contribuyentes a que se refiere el inciso i) de está fracción, son los que a continuación se señalan:

    a) Tratándose de construcciones:

    2. Demás casos.
    2016 74%
    2017 57%


    Y, posteriormente maneja % exclusivos para los incisos ii) y iii)

    Los por cientos que se podrán aplicar para deducir las inversiones a que se refiere esta fracción, para los contribuyentes a que se refieren los incisos ii) y iii) de esta fracción, son los que a continuación se señalan:

    ............................................................

    Pero, me inquieta lo que comenté sobre el F18 (Declaración anual del régimen general), que en el rubro de INVERSIONES pide señalar si la deducción inmediata de inversiones se aplicó como "Infraestructura de transporte (inciso ii)" o "Infraestructura de energía (inciso iii)" ¿¿porque no maneja la otra opción, es decir la de "Infraestructura de personas morales Títulos II o IV, Capítulo II, Sección I (inciso i)"??

    Acepto criticas, comentarios, y las agradezco.

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    25 Feb 2016 14:17 #104990 por alexnl
    Respuesta de alexnl sobre el tema Deducción inmediata
    Compañeros
    Estoy de acuerdo con ustedes en que si es aplicable la deduccion inmediata en e ste caso.

    Lo que em queda en duda es que se habla de un inicio de construccion de febrero del 2016 y terminacion a fines del 2016, y supongo que el inicio de utilizacion del bien, que es cuando se empieza a depreciar seria en 2016.

    Y se hace referncia a la declaracion dle 2015, lo cual no deja de inquietar que contenga solo dos opciones y deje fuera a las personas morales como el caso.

    Porque hasta donde entiendo si en el caso comentado se hablara de una construccion hecha y terminada y que empezo a s er utilizada de septiembre a diciembre del 2015, si podria entrar como deduccion inmediata en la declaracion anual del 2015.

    saludos cordiales

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    30 Mar 2016 12:59 #105277 por BR1
    Respuesta de BR1 sobre el tema Deducción inmediata
    Gracias alexnl .

    Coincido con lo que comentas.

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