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    Qué puedo entender por isr propio?

    07 Abr 2016 18:48 #105353 por j.ynes
    Buenas tardes,
    Deseo seber como entender el ISR PROPIO; no soy sujeto de isr; solo obligacion de retener y enterar retencione de sueldos, asimilables; por honorarios y arrendamientos.
    Saludos

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    07 Abr 2016 20:23 #105357 por CPHugoocejo

    j.ynes escribió: Buenas tardes,
    Deseo seber como entender el ISR PROPIO; no soy sujeto de isr; solo obligacion de retener y enterar retencione de sueldos, asimilables; por honorarios y arrendamientos.
    Saludos



    Adjunto un ejemplo.....

    elfiscalnet.com/cual-es-el-isr-propio-del-numeral-10-del-ietu/

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    08 Abr 2016 09:43 #105359 por sosgtorreon
    Sin conocer el contexto total de la inquietud es un tanto cuanto complicado dar una opinión certera... pero vamos a hacer el intento.

    El ISR Propio es el que corre a cargo del contribuyente.

    Si como citas no eres sujeto de ISR, si no que solo tienes la obligación de retener y enterar, pudiera decirse que no tienes ISR Propio.

    En condiciones "normales" o generales se puede decir que es el ISR resultante de aplicar la tasa o tarifa correspondiente a tu régimen fiscal correspondiente. Por ejemplo, para una persona física se puede decir lo siguiente;

    Ingresos Gravados menos Deducciones Autorizadas, igual a Base de ISR, se aplica la tarifa correspondiente, es decir, se resta el límite inferior, al excedente se le aplica la tasa marginal y al resultado se le adiciona la cuota fija, el resultado es el ISR Propio, mismo al que se le puede disminuir o acreditar pagos, subsidios.

    En una persona moral, supongo es Ingresos Acumulables menos Deducciones Autorizadas, igual a Utilidad Base de ISR, se aplica la tasa correspondiente y el resultado es el ISR Propio, mismo al que se le pueden acreditar, disminuir, pagos, subsidios, estímulos o lo que resulte procedente... pero si por el tipo de persona moral resulta que tributa en el Título III, que aplica a los coloquialmente llamados "NO Contribuyentes", va a resultar que de entrada, solo de entrada, no van a tener ISR Propio... pero no olvidemos que existen situaciones en las cuales pueden llegar a tener que pagar ISR.

    Saludos.



    sos al sos .

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