Buen dia, un pensionado tiene dos pensionados, en una de ellas por el monto de sus percepciones tiene la obligación de presentar su declaración anual, en la segunda que es del issste percibe un ingreso anual de $146000.00 anual sin ningún tipo de retención , de esta ultima no existe información precargada en el declarasat,, mi duda es al momento de manifestarla en la declaración anual entra como un ingreso exento?
Me disculpo primero que nada por el "destiempo" en que comento, pero espero comprensión por lo ajetreado de las fechas.
Vale recordar que los ingresos por pensión tienen una exención contemplada en el 93-IV de LISR, topada a 15 SMG del AG, pero la exención es por concepto, lamentablemente NO por patrón, de hecho esa es una de las circunstancias que provoca en la mayoría de casos que trabajadores con dos o mas patrones en forma simultanea resulten con saldos a cargo en la anual de ISR, es decir, durante el ejercicio cada patrón les aplica exenciones para los conceptos que le pagan, pero en la anual el trabajador solo considera UNA exención, por ejemplo, exención para el aguinaldo, 30 días, cada patrón al pagarlo lo aplica, pero en la anual no tengo 60 días, solo 30... en el caso de la pensión es exactamente lo mismo.
En el particular caso que expones, corre a cargo del contribuyente definir si el ingreso esta exento o no, es decir, si lo que percibe entre ambas pensiones excede o no al tope máximo, mi pregunta sería; ¿Qué hizo?