Si estas en el titulo III de Personas Morales no lucrativas, aun cuando no seas donataria autorizada, estas exenta de ISR por el remamente que tenga la Asociasion Civil.
Es decir puedes tener 1,000,000 de pesos de utilidad, pero s i lo inviertes en un edifico para la actividad de la A.C., no vas a pagar un cinco de impuestos , ni hacer pagos provisionales.
Solo pagaras impuestos cuando ese remanente no lo utilices para el objeto de la A.C., es decir que se lo lleven los socios, o que caigas en los supuestos del penultimo parrafo del a riculo 79 de la ley.