Buenos días a todos, quisiera ver si me pueden ayudar respecto de un caso de una persona moral del régimen AGAPES, en el cual durante el ejercicio 2014, sus ingresos acumulables fueron menores a sus ingresos exentos, ejemplo:
Total del ingresos 1,000,000.00
Ingresos exentos 4,655,210,00 (10 socios)
ingresos acumulables 0
Al no tener ingresos acumulables, no tengo manera de hacer la proporción para determinar la parte de gastos que no serán deducibles, esto conforme a lo que marca el articulo 28 fracc II ISR, evidentemente no tengo base para ISR, pero tengo muchos gastos lo cual me representa una perdida.
Que pasa con esa perdida? no es valida
Que pasa con mis gastos?? no puedo solicitar la devolución de ese IVA?? (la autoridad me negó una dev. por que me dice que no traigo base para hacer la proporción, por lo tanto no traigo ningún saldo a favor).
Lo que yo aprecio es que lo mas factible es no manifestar esos ingresos exentos, si finalmente mis gastos seguirán siendo mayor a mis ingresos tendré una perdida menor pero podre reconocerla y podre solicitar ese iva en devolución.