Si una persona física presta a otra persona física más de $ 200,00.00, la que otorga el préstamo esta obligada a dar aviso por medio del portal de prevención de lavado de dinero. Informando dicho préstamo? Ya que en la ley no especifica si es por medio de efectivo o transferencia.
Cabe hacer mención que el préstamo, se realizara por medio de transferencia electrónica.
De acuerdo con el Articulo 17, en su fracción IV de la Ley Antilavado, se considera como actividad vulnerable; “El ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantía, por parte de sujetos distintos a las Entidades Financieras.”
Cuando la operación supere los 117,229.00.
Agradeceria sus comentarios al respecto,
Gracias.