Compañeros, es un gusto poder saludarlos y comentarles, (si así me lo permiten) la inquietud que tengo.
Bueno....tengo un cliente que inicia con un negocio el cual se dedica a cuidar bebes, ( como una estancia infantil pero en forma particular).
Inicia como Regimen de Incorporacion Fiscal y pues de uno o dos niños ahora se tienen varios y ya creciendo en edad de entrar al preescolar o Kinder, pues se toma la decisión de pedir ante la Secretaría de Educación Pública el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) para abrir ahora un Preescolar y ya está autorizado.
La pregunta es, si esta persona puede seguir tributando como RIF o forzosamente tiene que pasar a realizar una sociedad y pasar a ser contribuyente del Título II o III de la LISR?
Espero poderme retroalimentar con sus conocimientos y experiencias.