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    Consumo de Producto Interno

    05 Oct 2016 18:38 #106350 por pepemad
    Buenas tardes:

    Me pueden ayudar comentandome de que manera cual es la manera correcta de elaborar el registro contable del consumo interno de productos, tenemos un minisuper y en ocasiones tomamos algunos productos para consumo interno de la empresa, sin embargo no encuentro la manera de registrarlos, ni si los puedo hacer deducibles y acreditar el IVA.

    Sin embargo encontre el Artículo 77 del RLISR que dice "Los contribuyentes que destinen parte de sus inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, al consumo propio, podrán deducir el costo de los mismos como gasto o inversión según se trate, siempre que el monto de dicho gasto o inversión, no se incluya en el costo de lo vendido que determinen de conformidad con el Título II, Capítulo II, Sección III de la Ley y además cumplan con los demás requisitos que establece la Ley para su deducción. El registro contable deberá ser acorde con el tratamiento fiscal."

    Sin embargo no me queda claro como seria el registro contable ni como se realizaria el manejo del IVA. si me pueden apoyar se los voy a agradecer.

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    06 Oct 2016 10:23 #106353 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Consumo de Producto Interno
    Buenos días, comentar, conviene nos informes el tipo de contribuyente del que se esta hablando, ya que eso nos permite divagar menos. Toda vez que no lo precisas, pero citas ".... para consumo interno de la empresa, ...." voy a suponer que se trata de una persona moral, lo que es relevante ya que dicho tipo de contribuyentes tiene como deducción el Costo de Ventas y no las Adquisiciones (o compras) Netas.

    De como planteas las cosas uno pudiera pensar que lo que pretendes te lleva a duplicar la deducción, que es precisamente lo que busca limitar el artículo 77 que bien citas. Es decir, le compras a un proveedor un paquete de galletas, como eres persona moral lo vas a deducir vía costo de ventas, lo que significa, lo deduces hasta que lo vendes, no antes... pero tú dices, esas galletas siempre no las vendí, si no que las agarre y las repartí en una junta de trabajo. ¿Qué hago?, debes darlas de baja de tu inventario, es decir, pasarlas al costo y entonces proceder con la deducción.pero no puedes pretender deducir al comprar y luego al NO vender si no consumir. El 77 lo que indica, es que deduzcas como "gasto" esas galletas, que no las lleves al costo de ventas, ya que al final no representaron ingreso y por tanto no deben reflejarse al costo.

    De como lo planteas indica que pretendes deducir como costo y como gasto, duplicando el efecto o beneficio en forma indebida, la cosa intentando ser simple sería; "Si no se vende, no lo lleves al costo, si se consume en forma interna, es gasto".

    Saludos.



    sos al sos .

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    13 Oct 2016 15:29 #106392 por pepemad
    Respuesta de pepemad sobre el tema Consumo de Producto Interno
    Buenas tardes sosgtorreon:

    Somos un super constituidos como SA de CV, la duda que tengo es como debo registrar el consumo interno que hacemos de algunos productos sobre todo cuando tenemos algunas reuniones de trabajo, tomamos productos del super como refrescos, platos, sabritas, galletas,hielo, jamon, queso, pan blanco, etc., esos productos que hemos tomado los debemos llevar al gasto, mi duda es como quedaria el asiento contable, y como registraria el IVA.

    Si me pudieras apoyar con el asiento te lo agradeceria.

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