Buenos días colegas.
Una pregunta,
Aquí en la empresa, metieron amparo contra la contabilidad electrónica, pero no procedió y nos negaron el amparo.
Ahora, mi duda es, por el tiempo que duro el tramite del amparo, no se presentó contabilidad, balanzas ni catálogo.
Ahora bien, se tienen que enviar desde el principio todo esto, o desde que se negó el amparo.? Cual es seria lo correcta.?
Al respecto será importante conocer los efectos de la negativa del amparo, ya que cada caso es muy particular; sin embargo, es probable que se haya otorgado la suspensión provisional y la definitiva, lo que te liberaba de la obligación de enviarla, pero SOLO DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL AMPARO, por lo tanto, si no procedió el medio de defensa interpuesto, en mi opinión se tiene la obligación de enviarla desde el principio.
Sin embargo, te sugiero acercarte con el abogado que haya llevado el asunto, para que te detalle por escrito el efecto del resultado del amparo, y con ello se concluya el proceso.