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    Duda Fonacot

    28 Ago 2017 13:10 #107388 por zermeno48
    Duda Fonacot Publicado por zermeno48
    Buenas tardes
    Hoy estoy leyendo el nuevo contrato que nos solicita Fonacot para firmar y asi cumplir con la obligación que marca la ley Federal del trabajo (eso argumentan ya que la empresa tiene firmado el anterior convenio con ellos) y entre su puntos menciona que ante el incumplimiento de descontar al trabajador el crédito la empresa "asume en forma expresa que se constituye como responsable solidario de las cantidades no descontadas", en otra clausula habla de las visitas a los centros de trabajo y menciona "el centro de trabajo acepta a someterse a la revisión y a sus resultados, así como los efectos jurídicos a que haya lugar mis dudas de manera consisa serian:
    1.- tiene facultad el foanacot de considerar a la empresa como deudor solidario y así expresarlo en el contrato (en la ley federal del trabajo menciona que la obligación de hacer la deducciones de los creditos fonacot no la convierten en deudor solidario art. 34 frac. XXVI de la LFT)
    2.- Tiene facultades el fonacot para realizar visitas y auditar a la empresa?

    de antemano gracias por sus opiniones y orientacion

    Saludos

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    29 Ago 2017 15:30 #107393 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Duda Fonacot
    1. Si, el fundamento legal tu mismo lo señalas.

    2. Con seguridad no lo se, pero asumo que si, deben existir convenios o algo que los reglamente, investigo y regreso a compartir mis resultados.

    Saludos.



    sos al sos .

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    30 Ago 2017 16:39 #107394 por MISTICO
    Respuesta de MISTICO sobre el tema Duda Fonacot
    PATADAS VOLADORAS……En primer lugar usted debe corregir el numeral laboral que cita en su pregunta por estar incorrecto, se le sugiere asistir a la capacitación del FONACOT, ahí le explicaran las causas cuando la empresa no está obligada a descontar a los trabajador así como el trámite para presentar la baja del trabajador y no caer en el supuesto de responsabilidad solidaria.

    Además de leer la Ley del propio instituto y los numerales que se citan en la propia Ley Federal del trabajo, si no le queda clara la interpretación nos visita nuevamente y le aclaramos su duda.

    Saludos.

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