Persona física actividad empresarial y en agosto rebase los 2 millones de ingresos, ¿a partir de qué mes debo llevar la contabilidad electrónica?, llámese entregar balanza en xml, y que pasa si el ejercicio siguiente no paso de 2 millones de ingresos?el sat no me supo dar el fundamento legal
El articulo 110 comenta que “ingresos del ejercicio de que se trate”
Articulo 110 ley ISR : Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la
Federación y su Reglamento, tratándose de personas físicas cuyos INGRESOS DEL EJERCICIO de que se trate no excedan de dos millones de pesos, llevarán su contabilidad y expedirán sus comprobantes en los términos de
las fracciones III y IV del artículo 112 d
e esta Ley.