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    Y COMO PRESENTO ????'

    07 Feb 2018 13:37 #107946 por LOBOZAC
    Hola foro, pues con la novedad que se quiere presentar provisional en "mis cuentas" de arrendamiento del mes de enero y zas !!!!!!!!!!, NO ESTÁ HABILITADO EJERCICIO 2018 !!!!!!!!!! :blush: :blush: :blush: :woohoo: :woohoo: :woohoo:

    Y "ORA" ??????

    Saludos compañeros

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    07 Feb 2018 16:49 #107948 por MISTICO
    Respuesta de MISTICO sobre el tema Y COMO PRESENTO ????'
    DESDE LA TERCERA CUERDA…..Mi estimado Don Lobo efectivamente no esta habilitada la aplicación de acuerdo con nuestras antenas chimoltrufias el lunes o martes de la próxima semana podrá usted cumplir con su obligación

    Saludos
    El siguiente usuario dijo gracias: LOBOZAC, JULIO ALCOCER

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    08 Feb 2018 19:18 #107957 por ernye
    Respuesta de ernye sobre el tema Y COMO PRESENTO ????'

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    08 Feb 2018 20:12 - 08 Feb 2018 20:17 #107958 por MISTICO
    Respuesta de MISTICO sobre el tema Y COMO PRESENTO ????'
    NO POR QUERER PARTICIPAR DIGAS TONTERIAS ....................PATADAS VOLADORAS……................Si utiliza DYP ya no podrá seguir utilizando MIS CUENTAS POR EL RESTO DEL EJERCICIO de conformidad con el octavo párrafo del artículo 6 del C.F.F.

    UNA OPCION FISCAL NO PODRA VARIARSE EN EL MISMO EJERCICIO

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    09 Feb 2018 08:58 #107963 por MISTICO
    Respuesta de MISTICO sobre el tema Y COMO PRESENTO ????'

    MISTICO escribió: NO POR QUERER PARTICIPAR DIGAS TONTERIAS ....................PATADAS VOLADORAS……................Si utiliza DYP ya no podrá seguir utilizando MIS CUENTAS POR EL RESTO DEL EJERCICIO de conformidad con el octavo párrafo del artículo 6 del C.F.F.

    UNA OPCION FISCAL NO PODRA VARIARSE EN EL MISMO EJERCICIO


    OPCIONAL

    Opción para utilizar “Mis cuentas” por arrendamiento

    2.8.1.8. Para efectos de los artículos 28, fracciones III y IV del CFF y 32, fracción I de la Ley del IVA, los contribuyentes personas físicas que obtengan ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, y que opten por deducir el 35% de sus ingresos en substitución de las deducciones a que tienen derecho de acuerdo con lo señalado en el artículo 115, segundo párrafo de la Ley del ISR, podrán utilizar la aplicación electrónica “Mis cuentas”, siempre y cuando sus ingresos por otras actividades en el ejercicio inmediato anterior no hayan sido superiores a $4´000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.), debiendo ejercer dicha opción a través de la presentación de un caso de aclaración en el Portal del SAT a más tardar el 31 de marzo de 2018. En caso de que los contribuyentes se inscriban o reanuden actividades en el RFC con posterioridad a dicha fecha, deberán presentar el caso de aclaración dentro del mes siguiente contado a partir de la fecha en que realice su inscripción o reanudación en el RFC.
    CFF 28, LIVA 32

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    09 Feb 2018 15:20 - 09 Feb 2018 15:38 #107966 por ernye
    Respuesta de ernye sobre el tema Y COMO PRESENTO ????'
    se participa para sacar las dudas de todos (o crees que LOBOZAC no sabia la respuesta), no creo ser el único que se le vino a la mente hacer eso , y si se hace que tiene de malo usar pago referenciado para arrendamiento, no veo la complicación.

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