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    Actualizacion de contribuciones

    07 May 2018 17:00 #108179 por sartre
    Buenas tardes

    Impuestos determinados del mes de febrero 2018, se vencen el dia 17 de marzo 2018, se pagan el dia 17 de abril del 2018.
    Para mi, de acuerdo al art. 17-A del cff (las contribuciones.........no se actualizaran por fracciones de mes) no se debe de actualizar porque aun no se cumple el mes.
    Estoy en lo correcto?
    Si se hubiera pagado el 18 de abril 2018, ahi si ya se tendria que actualizar dicho impuesto.

    Gracias por sus comentarios.

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    07 May 2018 17:15 #108181 por lorenaga
    Respuesta de lorenaga sobre el tema Actualizacion de contribuciones
    Pero ahí ya paso un mes de mora, por lo que deberías actualizar un mes, mas su respectivo recargo. Saludos
    Febrero lo debiste pagar el 17 de marzo (Mas los días de acuerdo a RM según el 6 digito del RFC)
    del 17 de marzo al 17 de abril, ya tienes un mes de actualización y recargos.

    Saludos

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    07 May 2018 17:23 #108182 por lorenaga
    Respuesta de lorenaga sobre el tema Actualizacion de contribuciones
    Para completar el tema:

    De acuerdo con el Artículo 21 del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando las contribuciones se paguen fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales, se deberán actualizar desde el mes en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, además de causar recargos. Para actualizar las contribuciones se debe aplicar lo dispuesto por el Artículo 17-A del CFF, que indica que el factor para actualizar las cantidades se obtiene de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes anterior al más reciente del período entre el INPC del mes anterior al más antiguo de dicho período. Este mismo artículo indica que las contribuciones, aprovechamientos y las devoluciones a cargo del fisco federal, no se actualizarán por fracciones de mes , por lo que se actualizará a partir de que se cumpla un mes completo desde la fecha en que debió de pagarse la contribución. Por su parte, el Artículo 12 del CFF señala que cuando los plazos se fijen por mes, sin especificar que sean de calendario, se entenderá que en el primer caso el plazo concluye el mismo día del mes de calendario posterior a aquél en que se inició. Por lo anterior, si una contribución omitida debió pagarse el 17 de septiembre de 2005, se deberá comenzar a actualizar cuando se cumpla un mes de extemporaneidad, mismo que se completaría hasta el 17 de octubre de 2005. El segundo mes de actualización se calcularía cuando el mismo se complete, es decir, hasta el 17 de noviembre, y así sucesivamente. En este ejemplo, si la contribución omitida se pagara el 30 de septiembre o el 5 de octubre, no llevaría actualización por no haberse completado un mes.
    El siguiente usuario dijo gracias: ramiro9

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    08 May 2018 18:01 #108186 por sartre
    Respuesta de sartre sobre el tema Actualizacion de contribuciones
    Buenas tardes.

    Si la actualizacion se debe de realizar por mes completo y no fraccion de mes, entonces del 17 de marzo al 17 de abril, es un mes completo , a partir del 18 ya se actualizaria.
    Es decir despues del mes completo , es cuando ya aplica la actualizacion.

    Gracias por los comentarios.

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    15 May 2018 18:08 #108193 por sartre
    Respuesta de sartre sobre el tema Actualizacion de contribuciones
    Buenas tardes.

    Alguien que tenga alguna opinion, sobre esto.

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