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    AIRBNB

    28 Sep 2018 13:54 #108553 por Manuelita
    AIRBNB Publicado por Manuelita
    Buenas tardes forista un gusto saludarlos como siempre: Tengo un cliente que se dedica a arrendar departamentos habitacionales,
    Ahora el quiere rentarlos a través de AIRBNB ya que le comentaron que es mejor sistema que rentarlos como lo ha venido haciendo de la manera tradicional, se los renta a estudiantes y terminan su semetre y se van, pero tengo dudas si podrá seguir en el mismo régimen fiscal de arrendamiento, ya que AIRBNB le hace la transferencia a su cuenta de banco pero habrá veces que un cliente en particular le pida factura.
    La verdad no estoy muy enterada de ese nuevo sistema de renta. Si fueran tan amables de apoyarme y darme sus opiniones, se los agradecería mucho. Saludos

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    29 Sep 2018 00:16 #108554 por o.cimm
    Respuesta de o.cimm sobre el tema AIRBNB
    Hola,

    Primero, es necesario saber de que parte del mundo escribes, para México puedes conservar el mismo régimen (persona física con actividad empresarial), y emitir factura cuando sea solicitado,
    Adicional, te recomiendo esta herramienta para facilitar la contabilidad, ingresos, egresos, y demás,

    thinkcreativecollective.com/blog/2015/10...r-the-non-accountant
    El siguiente usuario dijo gracias: Manuelita

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    02 Oct 2018 10:47 #108560 por jamendoz
    Respuesta de jamendoz sobre el tema AIRBNB

    Manuelita escribió: Buenas tardes forista un gusto saludarlos como siempre: Tengo un cliente que se dedica a arrendar departamentos habitacionales,
    Ahora el quiere rentarlos a través de AIRBNB ya que le comentaron que es mejor sistema que rentarlos como lo ha venido haciendo de la manera tradicional, se los renta a estudiantes y terminan su semetre y se van, pero tengo dudas si podrá seguir en el mismo régimen fiscal de arrendamiento, ya que AIRBNB le hace la transferencia a su cuenta de banco pero habrá veces que un cliente en particular le pida factura.
    La verdad no estoy muy enterada de ese nuevo sistema de renta. Si fueran tan amables de apoyarme y darme sus opiniones, se los agradecería mucho. Saludos


    hola

    en el caso de un cliente que tengo, en esos casos hacemos el recibo de arrendamiento al publico en general, independientemente de los arrendadores que si pidan factura, para que se declare lo depositado

    saludos

    saludos


    cp jose antonio mendoza p
    El siguiente usuario dijo gracias: Manuelita

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    06 Oct 2018 20:12 #108605 por a_cano
    Respuesta de a_cano sobre el tema AIRBNB
    Con el propósito de conocer la actividad de Airbnb. me permito transcribir texto extraído de la página de Wikipedia:

    Airbnb es una empresa y una plataforma de software dedicada a la oferta de alojamientos a particulares y turísticos. El nombre es un acrónimo de airbed and breakfast…

    También, es importante conocer las diferencias entre arrendamiento y hospedaje de acuerdo con los artículos 2398 y 2666 de Código Civil Federal:

    Artículo 2398.- Hay arrendamiento cuando las dos partes contratantes se obligan recíprocamente, una, a conceder el uso o goce temporal de una cosa, y la otra, a pagar por ese uso o goce un precio cierto.

    El arrendamiento no puede exceder de diez años para las fincas destinadas a habitación y de veinte años para las fincas destinadas al comercio o a la industria.

    Artículo 2666.- El contrato de hospedaje tiene lugar cuando alguno presta a otro albergue, mediante la retribución convenida, comprendiéndose o no, según se estipule, los alimentos y demás gastos que origine el hospedaje.

    Saludos
    El siguiente usuario dijo gracias: JULIO ALCOCER, Manuelita

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    08 Oct 2018 10:49 #108608 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema AIRBNB
    Excelente aportación (y cuando no) de A_Cano, a quien saludo y agradezco su presencia.

    Uno de los puntos de partida, errado a mi ver, de muchos de los que aprovechan o buscan aprovechar las nuevas tendencias y formas de hacer negocio al amparo de plataformas y app, es que consideran que por estar realizando el negocio de esa manera los impuestos desaparecen, que simplemente no existen, que el fisco no tiene interés en ellos. Incluso me he topado con chavales que dicen, es que yo no facturo nada, el fisco ni cuenta se da, a mi simplemente me depositan en mi cuenta y listo. Es decir, dejan un rastro demasiado evidenciado en el mundo virtual y no se dan cuenta que eso es herramienta de primera mano para que la autoridad pueda fiscalizar.

    Saludos.



    sos al sos .
    El siguiente usuario dijo gracias: JULIO ALCOCER, Manuelita

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