Buenas tardes, disculpen la duda una sociedad de padres de familia debe darse de alta en el sat, y abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad o se pueden manejar los ingresos en una cuenta de ahorros a nombre en este caso del tesorero?
si esta constituida formalmente si, debería darse de alta en el sat y tener su propia cuenta bancaria, no me quiero imaginar la broncota del tesorero por obtener ingresos y que no va a poder demostrar su procedencia o desvirtuar que no son ingresos propios, que no se preste a eso.
Existe un reglamento para dichas asociaciones, publicado el 02 04 1980, como bien se ha señalado, si se han cubierto las formalidades, es decir, debidamente constituidas, no hay truco obligados a. En el siguiente link puedes consultar el reglamento mencionado;