Régimen de arrendamiento con deducción opcional se encuentra obligado al envió de la contabilidad electrónica?.
Les comento que no pude utilizar MI CONTABILIDAD para no estar obligada al envió, así como la DIOT, ya que también percibo ingresos en copropiedad y la aplicación no me permitió separar los ingresos que me corresponden para IVA y para ISR por la proporción que me aplica, o al menos no supe cómo..
Alguien que me oriente.
De antemano muchas gracias........................