La actividad de arrendamiento de inmuebles es una actividad clasificada como vulnerable para la "Ley Antilavado". Mi duda es: ¿Si el contribuyente no cae en el supuesto de identificación y por consiguiente de aviso ya que el monto de la renta es inferior a las 1,605 UMAs para el caso de identificación, aun así debe inscribirse en el portal?