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    Recibo de nómina a Asimilados Integrandtes de Sociedades Civiles

    16 Ene 2020 15:48 #109345 por Manuelita
    Buenas tardes compañeros (as) foristas: Como siempre un gusto saludarlos: Tengo la siguiente duda: llevo la contabilidad de una persona física
    por honorarios, él a su vez es integrante de una sociedad civil, el caso es que en la sociedad civil se dan anticipos y les dan el tratamiento como sueldos por eso el cfdi de nómina por asimilados,pero ya ven que las mujeres por lo regular somos muy curiosas y me llamó mucho la atención
    que los cfdi por asimilados por las cantidad que le dieron a mi cliente de octubre y noviembre las timbraron hasta diciembre, ses puede hacer eso?
    son váldos esos cfdi? es decir, cumplen con los requisitos aunque sean extemporánea el timbrado? Gracias por sus comentarios

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    17 Ene 2020 10:02 #109346 por JULIO ALCOCER
    Buen Día Estimada Compañera Manuelita:

    Las S.C. deducen al momento del pago, seguramente le pagaron juntos los dos meses hasta el mes de Diciembre.

    Importante el efecto de los Anticipos pagados en el efecto del Coeficiente.

    Muchas Gracias por tu mensaje, donde felicitas a Todos los Miembros de este Gran Foro.


    Saludos y Feliz Año a Tod@s.
    El siguiente usuario dijo gracias: sosgtorreon, Manuelita

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    19 Ene 2020 15:47 #109353 por Manuelita
    Hola Julio fijate que los pagos se hicieron en octubre y en noviembre pero se timbraron en diciembre, en diciembre también pagos asimilados a integrantes de sociedades civiles pero no se han timbrado, yo sé que no me corresponde nada de la sc pero tengo la curiosidad si le sirven esos cfdi timbrados extemporaneamente a la misma sc y eso si son ingresos acumulados para mi cliente como persona física.
    Gracias y saludos

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    20 Ene 2020 15:05 #109355 por JULIO ALCOCER
    Buena Tarde Compañera Manuelita:

    Tu Inquitud al respecto es muy importante y nada ociosa.

    Las SC pueden efectuar la deducción de los anticipos entregados a sus miembros. Art. 25 Fracc IX de la Ley del ISR.

    Deberán elaborar CFDI de Nómina por los Ingresos Asimilados a Salarios, con:
    Forma de Pago: 99
    Método de Pago: PUE
    Tipo Régimen 06
    Tipo Percepción 046

    Lo más importante es cumplir con los demás requisitos establecidos en Ley.
    Estar amparados con un comprobante fiscal Art 27 Fracc III de Ley ISR
    emitido con fecha dentro del mismo ejercicio
    Cumplir con la obligación de Retención y Entero de Imptos Art 27 Fracc V de Ley ISR
    Que a mas tardar en el último día del ejercicio se reunan los requisitos
    que para cada deducción en particular establece esta Ley Art.27 Fracc XVIII de Ley ISR


    Por lo que respecta a los CFDI de anticipos de Octubre y Noviembre
    no tendrá ningún problema para deducirlos la S.C.

    Deberán tener mucho cuidado en cumplir con TODOS los requisitos en tiempo y forma
    para poder deducir el pago correspondiente a Diciembre de los Anticipos.


    Saludos a Todos.
    El siguiente usuario dijo gracias: Manuelita

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    20 Ene 2020 19:05 #109361 por Manuelita
    Buenas tardes Julio te agradezco tu ayuda, entonces solo diciembre no se timbró pienso yo que hasta este mes de enero 2020, yo acumularé los ingresos a mi cliente persona física pagados como asimilados a integrantes de una sc porque es por medio de transferencia para la declaración anual de 2019. Saludos y buena tarde
    El siguiente usuario dijo gracias: JULIO ALCOCER

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