Tengo el caso de contribuyente persona física con deudas a proveedores desde junio 2020 y que probablemente empiece a pagar en abril 2021. Duda: es necesario pedir refacturación? La deducibilidad de estas facturas esta en riesgo?
En mi particular apreciación la deducción no esta en riesgo, pero ante la inquietud y cerrazón de las autoridades, no es nada errado solicitar la cancelación y refacturación, si la deducción es de productos de inventario no veo necesidad, si son inversiones en activos fijos tampoco, si lo que soporta el comprobante es lo que conceptualizamos como "gasto", entonces es que si me inclino por solicitar la reposición de comprobante.