Como luego dice, puede que si, puede que no... Los elementos que se aportan del caso o supuesto son demasiado pocos, bien escasos. Por lo que la respuesta en función de ello es NO.
Si adquieres una casa habitación y ese es el destino que le vas a dar, pues no es parte del negocio, por tanto lo que vas a poder llegar a deducir son los intereses reales que puedan corresponder en caso de que la adquisición sea a crédito, pero al ser RIF no estas obligado a la anual, a menos que te convenga.
Si aportas mayores variantes o datos del supuesto, seguro estoy tendrás mejores comentarios.