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    Cuotas de mantenimiento por arrendamiento de bodega

    18 Oct 2021 11:47 #110044 por Teresa bernabe
    Buenos días Tengo una duda espero me puedan ayudar
    Un cliente nuevo esta dado de alta como persona física con régimen de arrendamiento y actividad empresarial.

    Emite cfdi por renta de bodegas a una persona moral aplicando las respectivas retenciones de ISR e IVA.
    Y emite otro CFDI por el mantenimiento de la bodega Mismo modo aplicando retenciones de ISR e IVA. Estaba declarando el ingreso por la renta en ISR por arrendamiento y la parte de mantenimiento en actividad empresarial Es correcto esto?

    Las cuotas de mantenimiento aplican retenciones?
    Debe declararse separado los ingresos o debería de acumularse solo para arrendamiento?

    Espero sus comentarios.

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    21 Oct 2021 18:05 #110048 por sosgtorreon
    Teresa bernabe escribió:
    Emite cfdi por renta de bodegas a una persona moral aplicando las respectivas retenciones de ISR e IVA. Correcto

    Y emite otro CFDI por el mantenimiento de la bodega Mismo modo aplicando retenciones de ISR e IVA. Incorrecto, tiene algún fundamento legal para hacer lo que viene haciendo, veamos, el 116 de LISR en su penúltimo párrafo dispone lo siguiente;
    ....

    Cuando los ingresos a que se refiere este Capítulo se obtengan por pagos que efectúen las personas morales, éstas deberán retener como pago provisional el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los mismos, sin deducción alguna...


    La pregunta es, ¿A qué ingresos se refiere ese Capítulo?, a esos y solo a esos es a los que les aplica la retención.


    Estaba declarando el ingreso por la renta en ISR por arrendamiento y la parte de mantenimiento en actividad empresarial Es correcto esto?, si, al declarar así debe ser, el error o lo incorrecto es como ya quedo comentado, emitir un recibo con retenciones que no proceden, no veo necesario modificar lo pasado, pero si en adelante.


    Las cuotas de mantenimiento aplican retenciones? NO, ya quedo expuesto el razonamiento.

    Debe declararse separado los ingresos o debería de acumularse solo para arrendamiento? Si los ingresos provienen de Capítulos diferentes, deben ser declarados en el Capítulo que le corresponda.

    Saludos.



    sos al sos .
    El siguiente usuario dijo gracias: Teresa bernabe

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    09 Nov 2021 15:21 #110054 por Teresa bernabe
    Muchas gracias por la respuesta!!!!!!!

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    14 Nov 2021 06:07 #110056 por ovarelas
    Como bien lo menciona el buen sosgtorreon, si los ingresos provienen de Capítulos diferentes, deben ser declarados en el Capítulo que le corresponda.

    Tener presente que los ingresos por actividad empresarial son acumulables, como lo marca el artículo 106 de la LISR.
    "El pago provisional se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere esta Sección obtenidos en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponde el pago...

    En el caso de arrendamiento el artículo 116 de la LISR señala.
    El pago provisional se determinará aplicando la tarifa que corresponda conforme a lo previsto en el tercer párrafo del artículo 106 de esta Ley, a la diferencia que resulte de disminuir a los ingresos del mes...


    Saludo.

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