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    PF CON INGRESOS POR PLATAFORMAS TECNOLOGICAS Y SUELDOS Y S

    09 Mar 2024 19:48 #110233 por CPJMERJR
    Buenas noches estimados colegas.

    Respecto a los ingresos por plataformas tecnologicas, mi cliente prospecto actualmente trabaja en una empresa como asalariado, quiere aumentar sus ingresos e inscribirse como repartidor de bienes y productos por medio de la plataforma tecnolologica de mercado libre, este sera intermediario entre el oferente y el receptor, ya que solamente prestara SERVICIOS DE REPARTICION DE BIENES Y PRODUCTOS a traves de la misma plataforma nada mas.

    Debera presentar su informacion fiscal a quien le efectuara la retencion (MERCADO LIBRE a traves de la plataforma tecnologica)

    Ahora bien estuve leyendo que la misma plataforma le hara la retencion mencionada del ISR y del IVA por los ingresos percibidos por medio de dicha plataforma.
    No podra deducir nada y optara que dichas retenciones sean definitivas ya que se dan los supuestos que establece la LSIR, no percibira mas de 300,000 anuales y sus otros ingresos son por sueldos, presentando el aviso correspondiente al SAT dentro de los 30 dias de haber recibido el 1er pago.

    Quedara relevado de presentar declaracion informativa para IVA.

    Ahora bien, tengo varias dudas espero me puedan abundar comentarios al mismo

    La actualizacion de las actividades economicas y aumento de obligaciones fiscales, los realiza la plataforma o debe ser mi cliente quien lo haga?

    Tendra la obligacion de emitir CFDI´S por las actividades mencionadas, o solamente cuando preste sus servicios en forma personal fuera de la plataforma, porque como requisito para registrarse le mencionan que debe emitir facturas, entoces si la plataforma le va a retener ISR e IVA por que emitir facturas pues?, adjunto imagen

    Entonces habiendo optado porque las retenciones sean pagos definitivos, no tiene la obligacion de presentar pagos provisionales por los ingresos percibidos en la misma plataforma, asi como su situacion fiscal respecto a sus ingresos por sueldos, su declaracion anual no sufre modificacion alguna?

    Donde se presenta el aviso correspondiente para optar que las retenciones de ISR e IVA sean pagos definitivos?, en supuestos de la misma ley

    Y que otras obligaciones debe cumplir?

    Les agradezco sus apreciables comentarios, la verdad estoy un poco confundido

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