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    acreditamiento de isr

    31 May 2007 20:31 #9837 por fiscalprin
    HOLA BUENAS TARDES A TODOS.

    En mi pago provisional del mes de marzo del 2006 mi pago de isr es por la cantidad de 3956 mas actualizacion de 164 y recargos por 653 ,dandome un total a pagar de 4773.Al acreditarlo con el credito al salario que tengo,acreito el total o nada mas el impuesto a cargo sin la actualizacion y los recargos?.

    Por su atencion mil gracias.

    :roll:

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    31 May 2007 21:41 #9841 por Universal
    Respuesta de Universal sobre el tema Re: acreditamiento de isr
    Entiendo que el Art. 115 de la LISR permite acreditar el Credito al Salario contra ISR, y el SAT en su criterio (segun la mecanica de calculo del programa SI) determina: Impuesto + Actualizacion + Recargos = Total -Credito al Salario,

    Por otra parte, existen interpretaciones como la siguiente, la cual yo la aplicaría,

    Para informacion te dejo el siguiente texto (aclaro: no es de mi autoría lo encontre en otra fuente)

    Acreditamiento del CAS contra actualización y recargos
    ¿Podría informarme si los recargos y actualización se pueden acreditar contra crédito al salario?
    Respuesta:
    En principio es importante mencionar que los recargos son accesorios de las contribuciones y participan de la naturaleza de éstas -artículo 2 del CFF-.
    En cuanto a las cantidades actualizadas, éstas conservan la naturaleza jurídica que tenían antes de la actualización -artículo 17-A del CFF-.
    Ahora bien, el artículo 115 de la LISR, señala que el crédito al salario puede acreditarse contra el ISR propio o retenciones de terceros. Ahora bien, hasta el ejercicio de 2003 en la regla 12.5 de la Resolución Miscelánea (RMISC) de 2003, la autoridad mencionaba que cuando el crédito al salario se aplicara contra un impuesto a su cargo en forma extemporánea, los contribuyentes podían disminuir el crédito al salario contra las contribuciones a cargo, antes de realizar su actualización (actualmente la regla no se encuentra vigente).
    Derivado de lo anterior podemos señalar que al mencionar la LISR (artículo 115) un acreditamiento, el cual en ninguna disposición lo define, se puede considerar que el tener un impuesto a cargo y un crédito al salario pagado en efectivo, dicho crédito se aplica contra el monto histórico el cual puede darse el caso que se acredite todo el impuesto a cargo y por ende ya no se genera ni actualización ni recargos. Por otro lado, si el crédito al salario no alcanza a cubrir todo el impuesto a cargo, exclusivamente por el remanente se causa la actualización y los recargos.

    Ojalá te sea de utilidad
    Universal

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    01 Jun 2007 04:24 #9862 por rgchavez
    Respuesta de rgchavez sobre el tema Re: acreditamiento de isr
    De acuerdo con Universal, existe la posibilidad de aplicar el credito al salario antes de actualizar y determinar recargos...

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