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Hola, si realizas la modificación de salario aplicable a partir de hoy, eres sujeto de multa más accesorios si el Imss lo detecta, por diferencias en salarios base de cotización, y si a la fecha que te lo notifique no lo has pagado de manera espontánea.
Si la referida modificación la realizas hoy, pero con fecha de cuando realmente procede, es decir, del 01 de julio, no eres sujeto de infracción legalmente procedente, por caer en el supuesto de espontaneidad establecido en el artículo 304-C de la Ley del Seguro Social.
Saludos
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