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    alta patronal de la esposa

    06 Ago 2007 15:55 #13386 por Luikb
    Respuesta de Luikb sobre el tema Re:alta patronal de la esposa
    Buen dia.

    Si quieres contar con todas las prestaciones que conlleva el seguro obligatorio, yo la verdad te aconsejaria que hicieras el tramite de \"incorporacion voluntaria al regimen obligatorio\"

    Existes varios seguros dentro de los cuales encontramos el facultativo o solo servicios medicos y el que mancione arriba.

    En este puedes si asi lo quieres aportar al INFONAVIT y al SAR, lo unico que te pide el seguro es que mes con mes vayas, recojas un disco de pago, digo te generan el pago a traves del SUA, pero con sus datos.

    La unica desventaja es que necesita 1 año para cualquier cirugia mayor y no recuerdo si tambien exista tiempo de espera para embarazo.

    No se porque nos complicamos la vida tratando de engañar a la autoridad cuando podemos hacer las cosas por el lado bueno y con permiso de la misma.

    Saludos

    Luis Morales

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    06 Ago 2007 16:48 #13393 por huracan
    Respuesta de huracan sobre el tema Re:alta patronal de la esposa
    bajandro escribio:

    hola a todos saludos y quisiera me ayudaran para saber si todavia sigue funcionando el poder dar de alta como patrona a la esposa y asi poder asegurar como trabajador al esposo,esto yo lo hice hace varios años y si lo aceptaban,esto beneficiaba a los dos puesto que al asegurar al esposo como trabajador se podia asegurar a la esposa y a los hijos quedando toda la familia asegurada,sin embargo con los cambios que ha habido no se si se pueda,mucho les agradecere si me pueden hacer saber si existe esa posibilidad y si habra alguna base en que sustentarse.gracias por su atenciòn.


    BUENOS DIAS

    En primer lugar LA FUNCIONALIDAD a la que se refiere usted,dependera de que el Intituto no detecte la IRREGULARIDAD o acto ilegal que usted pretende hacer,porque si lo detectara inmediatamente se le daria de baja,no le regresaria nada como tampoco le reconoceria nada para efectos decotizacion.

    El numeral 12 de la Ley en la materia le señala quienes son los sujetos de aseguramiento,entre los cuales no se encuentra el PATRON PERSONA FISICA,para estos casos se debera estar a la INCORPORACION VOLUNTARIA DEOTROS SUJETOS,señalados en el numeral 13 de la ley en comento,conforme a la modalidad 35 del manual de procedimientos de afiliacion.

    Espero que mi respuesta aclare su duda,

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    Moderadores: Daniel_GtzLuis
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